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2816 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV
‘Artículo 4°.- Definición del Sistema SEXTA. Modifícase el literal a) de la vigésima
segunda disposición complementaria y transitoria
El Sistema Nacional de Endeudamiento es el de la Ley General con el siguiente texto:
conjunto de órganos e instituciones, normas y
procesos orientados al logro de una eficiente ‘VIGÉSIMA SEGUNDA. (…)
concertación de obligaciones y a una prudente
administración de la deuda del Sector Público.’ a) Atender el servicio de la deuda derivado de ope
raciones de endeudamiento, incluidas aquellas de
CUARTA. Modifícase la décimo sexta disposición corto plazo, celebradas por tales gobiernos con o
complementaria y transitoria de la Ley General sin aval del Gobierno Nacional, o que este últi
con el siguiente texto: mo haya acordado y trasladado mediante conve
nio de traspaso de recursos, destinadas a finan
‘DÉCIMO SEXTA. El reembolso a favor del Go ciar proyectos de inversión pública.
bierno Nacional, correspondiente a compromisos
de deuda generados en el marco de las operaciones (…)’
realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de
Endeudamiento, es efectuado a través de un fidei SÉTIMA. Incorpórase la vigésima cuarta dis
comiso. Cuando el otorgamiento de los recursos posición complementaria y transitoria a la Ley
previstos para efectuar dicho reembolso se realice General, con el siguiente texto:
mediante Asignaciones Financieras, la Dirección
General de Endeudamiento y Tesoro Público está ‘VIGÉSIMA CUARTA. La Superintendencia del
facultada a deducir los montos necesarios para Mercado de Valores ejerce la supervisión de los
atender las referidas obligaciones y transferirlo mecanismos centralizados de negociación en los
directamente a las cuentas previstas para el pago que se negocien valores de deuda pública e ins
del servicio de deuda. trumentos derivados de estos, y del cumplimiento
de las normas aplicables a la negociación de estos
Es responsabilidad de las entidades públicas que valores referentes a conductas, transparencia y
tienen a cargo dichas obligaciones, la emisión otras aplicables.
anticipada de la Certificación del Crédito Presu
puestario respectivo, en el marco de las normas La Superintendencia del Mercado de Valores, en
legales vigentes, por el monto de las obligaciones coordinación con el Ministerio de Economía y
y en atención al cronograma establecido para el Finanzas, establecerá mediante norma de carácter
cumplimiento del servicio de deuda.’ general las características, requisitos y condicio
nes para la autorización de funcionamiento de
QUINTA. Modifícase la vigésima disposición dicho mecanismo centralizado de negociación,
complementaria y transitoria de la Ley General para el reconocimiento de su administrador, así
con el siguiente texto: como sobre aspectos referidos a la liquidación
de valores de deuda pública y de instrumentos
‘VIGÉSIMA. Autorízase a las entidades del sector derivados de estos.’
público a contratar directamente a los organismos
multilaterales financieros en los cuales el Perú Comuníquese, etc.”
es país miembro, para que brinden servicios de
asesoría técnica para el desarrollo de proyectos “Votación del texto sustitutorio del pro-
y programas, previa opinión favorable del Minis yecto 1466
terio de Economía y Finanzas y siempre que el
monto de la contratación no exceda de US$ 150 Señores congresistas que votaron a favor:
000,00 (CIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100 Abugattás Majluf, Acuña Núñez, Acuña Peralta,
DÓLARES AMERICANOS). Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Andrade
Carmona, Angulo Álvarez, Anicama Ñañez, Apaza
El Ministerio de Economía y Finanzas está Ordóñez, Bardález Cochagne, Becerril Rodríguez,
autorizado para negociar y suscribir con los Bedoya de Vivanco, Beingolea Delgado, Belaunde
citados organismos, acuerdos marcos en los Moreyra, Benítez Rivas, Canches Guzmán, Capu
que se establecerán los términos y condiciones ñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Carrillo Cavero,
generales en los que se podrá prestar los servi Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya,
cios de asesoría técnica antes indicada. Estos Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Con
acuerdos serán aprobados por decreto supremo dori Jahuira, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo,
con el refrendo del Ministro de Economía y De la Torre Dueñas, Delgado Zegarra, Díaz Dios,
Finanzas.’ Eguren Neuenschwander, Elías Ávalos, Espi
a
Diario de los Debates - 22. C sesión (matinaL) 29-11-2012