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Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV  - Diario de los Debates     2821
                  del sector respectivo, los mayores ingresos recau­  MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor
                  dados y los no utilizados en años anteriores, pro­  del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci),
                  ducto de la aplicación de la Ley 27889, Ley que   para destinarla a realizar acciones durante el
                  crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para   Año Fiscal 2013, a fin de brindar una respuesta
                  la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, a   oportuna ante desastres de gran magnitud, que
                  favor de los pliegos Comisión de Promoción pa­  permita mitigar los efectos dañinos por el inmi­
                  ra la Exportación y el Turismo y Ministerio de   nente impacto de un fenómeno natural o antrópico
                  Comercio Exterior y Turismo.                declarado, determinado por el organismo público
                                                              técnico-científico competente, y rehabilitar la in­
                  d)  Mediante decreto supremo el Ministerio de   fraestructura pública existente. Además, en caso
                  Economía y Finanzas incorpora en su presu­  de ser necesario, para mitigar los efectos dañinos a
                  puesto los saldos de los recursos provenientes de   la actividad agropecuaria altoandina, se considera
                  la aplicación de los convenios PL-480, para el fi­  una respuesta oportuna la provisión de forraje,
                  nanciamiento y administración de los proyectos   alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para
                  a cargo de la Unidad Especial PL­480.       animales. En el marco de la presente disposición,
                                                              para el uso de dichos recursos, se debe tener en
                  Artículo 7. Los gastos tributarios          cuenta lo siguiente:

                  Los gastos tributarios ascienden a la suma de S/.   a)  No financian gastos por concepto de capacita­
                  7 847 000 000,00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS     ción, asistencia técnica, seguimiento y control,
                  CUARENTA  Y  SIETE  MILLONES  Y  00/100     adquisición de vehículos, maquinarias y equipos,
                  NUEVOS SOLES), monto a que se refiere el Marco   remuneraciones o retribuciones, salvo, en este úl­
                  Macroeconómico Multianual 2013­2015.        timo caso, cuando se trate de consultorías espe­
                                                              cializadas vinculadas directamente con la aten­
                   DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS              ción del desastre.
                                  FINALES
                                                              b)  El Indeci es responsable del adecuado uso de los
                  PRIMERA. Para el Año Fiscal 2013, los recursos   recursos provenientes de la Reserva de Contingen­
                  propios del Tribunal Fiscal a que se refiere el   cia a que se refiere la presente disposición.
                  artículo 1 del Decreto de Urgencia 112­2000 son
                  los siguientes:                             c)  El Ministerio de Economía y Finanzas, me­
                                                              diante su Dirección General de Política de Inver­
                  a)  El 2,3% del monto total que percibe la Super­  siones, dicta los criterios y procedimientos para
                  intendencia Nacional de Aduanas y de Admi­  sustentar la necesidad del uso de los recursos a
                  nistración Tributaria (Sunat), proveniente del   que se refiere la presente disposición.
                  porcentaje de todos los tributos que recaude o
                  administre, excepto los aranceles, en aplicación   Asimismo, exceptúase de la declaración de via­
                  del literal b) de la presente disposición.  bilidad y autorízase al Ministerio de Economía y
                                                              Finanzas, a través de la Dirección General de Polí­
                  b)  El 1,2% del monto total que percibe la Sunat,   tica de Inversiones, para aplicar un procedimiento
                  proveniente del porcentaje de todos los tributos   simplificado para determinar la elegibilidad de
                  y aranceles correspondientes a las importacio­  los proyectos de inversión pública de emergencia,
                  nes que recaude o administre, cuya recaudación   ante la presencia de desastres de gran magnitud,
                  sea ingreso del Tesoro Público, en aplicación del   como requisito previo para su ejecución.
                  literal a). El depósito se hace efectivo en la mis­
                  ma oportunidad en que la Sunat capta sus recur­  Las intervenciones de prevención, mejoramiento,
                  sos propios, mediante la transferencia a la cuen­  mantenimiento y reconstrucción de infraestructu­
                  ta correspondiente.                         ra pública, por ocurrencia de desastres, se finan­
                                                              cian con recursos del presupuesto institucional
                  El Ministerio de Economía y Finanzas deposita,   de las entidades públicas de los tres niveles de
                  dentro de los quince días siguientes de vencido el   gobierno.
                  Año Fiscal 2013, la diferencia entre los ingresos
                  anuales y los gastos devengados de los recursos   TERCERA. Dispónense, a partir de la vigencia
                  propios del Tribunal Fiscal, en la cuenta principal   de la presente Ley, las medidas destinadas a brin­
                  del Tesoro Público, bajo responsabilidad.   dar atención oportuna e inmediata en las zonas
                                                              afectadas por desastres de gran magnitud, decla­
                  SEGUNDA. La reserva de contingencia incluye   radas en estado de emergencia por la autoridad
                  hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA   competente para lo siguiente:


                                                                  22.  C sesión (matinaL) 29-11-2012 - Diario de los Debates
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