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1942   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2010 - tOmO iii

                  Duodécima.— La Comisión Nacional para el    OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.12 480
                  Desarrollo y Vida sin Drogas (Devida) es la en-  638,00) para el financiamiento del Fondo FCR
                  cargada de efectuar el monitoreo y verificación   ELECTROLIMA, administrado por el Fondo
                  del cumplimiento de las metas de las activida-  Consolidado de Reservas Previsionales (FCR); y,
                  des y proyectos correspondientes a los progra-
                  mas institucionales Plan de Impacto Rápido de   c)  VEINTIOCHO  MILLONES  DOSCIEN-
                  Lucha contra las Drogas y Prevención y Trata-  TOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS
                  miento del Consumo de Drogas a ser ejecutados   OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES
                  por las entidades con cargo a los recursos apro-  (S/. 28 275 683,00) para el financiamiento de la
                  bados en la presente Ley en el marco de los obje-  planilla de los pensionistas del Decreto Ley N.°
                  tivos previstos en la Estrategia Nacional de Lu-  20530 correspondientes a Centromin S.A. en Li-
                  cha contra las Drogas 2007-2011.            quidación, quedando dichos pensionistas bajo la
                                                              administración y pago de la Oficina de Normali-
                  Previa a la ejecución de los programas institu-  zación Previsional (ONP), para lo cual el Minis-
                  cionales antes señalados, las entidades ejecuto-  terio de Economía y Finanzas dictará las normas
                  ras deberán contar con la conformidad de Devida   reglamentarias correspondientes.
                  respecto a los planes operativos de las activida-
                  des y proyectos formulados en el marco de la   El Pliego ONP transferirá, mediante resolución
                  Estrategia Nacional de Lucha contra las Dro-  del titular del pliego, los citados recursos al Fondo
                  gas, debiendo suscribirse para dicho propósito   Consolidado de Reservas Previsionales (FCR).
                  convenios de cooperación interinstitucional con
                  Devida que garanticen el monitoreo y la verifi-  Asimismo, dispónese que a partir de la vigencia
                  cación del cumplimiento de las metas programa-  de la presente Ley, los recursos financieros de
                  das. Los recursos asignados para los programas   la fuente de financiamiento Recursos Determi-
                  institucionales señalados en el primer párrafo   nados – Rubro Contribuciones a Fondos corres-
                  no podrán ser reorientados a otras actividades y   pondientes al Decreto Ley N.° 19990, que no se
                  proyectos diferentes de dichos programas, bajo   hayan utilizado al 31 de diciembre de 2010 fi-
                  responsabilidad.                            nanciarán el pago de la planilla de pensiones.
                                                              Los saldos que no hayan sido utilizados al 31 de
                  Décima Tercera.— Los créditos presupues-    diciembre de 2011 serán transferidos financie-
                  tarios aprobados en el Presupuesto del Sec-  ramente, de forma obligatoria, mediante reso-
                  tor Público para el Año Fiscal 2011 en el plie-  lución del titular del pliego, al Fondo Consolida-
                  go Oficina de Normalización Previsional (ONP)   do de Reservas Previsionales – Fondo FCR-DL
                  comprenden recursos hasta por la suma de CUA-  19990.
                  TROCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES DOS-
                  CIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.      Décima Cuarta.— Establécense medidas en ma-
                  422 200 000,00), para ser destinados según el si-  teria del Sistema Nacional de Control:
                  guiente detalle:
                                                              a) Para efectos de implementar el proceso de mo-
                  a) TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLO-          dernización institucional y lo dispuesto en la Ley
                  NES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES           N.° 29555, Ley que Implementa la Incorporación
                  MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y           Progresiva de las Plazas y Presupuesto de los Ór-
                  00/100 NUEVOS SOLES (S/. 381 443 679,00) pa-  ganos de Control Institucional a la Contraloría
                  ra el financiamiento de la redención de los Bonos   General de la República, la Contraloría General
                  de Reconocimiento 1992 (BdR-92), 1996 (BdR-96)   de la República queda exonerada de lo dispues-
                  y 2001 (BdR-2001), así como los Bonos Comple-  to en los artículos 6.°, 9.° y 11.°, párrafo 11.1, de
                  mentarios de Pensión Mínima creados median-  la presente Ley.
                  te Ley N.° 27252 y los Bonos Complementarios
                  de Pensión Mínima y de Jubilación Adelantada   b) Las entidades públicas, cuyo presupuesto en
                  Decreto Ley N.° 19990, creados mediante Ley N.°   el año fiscal 2011 sea igual o mayor a SESEN-
                  27617, así como la redención anticipada del Bo-  TA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
                  no de Reconocimiento conforme lo dispone la Ley   60 000 000,00), remitirán a la Contraloría Gene-
                  N.° 29426, y el pago de la pensión mínima, pen-  ral de la República sus planes estratégicos, con
                  siones complementarias y Bono Complementa-  mención expresa a sus objetivos, metas e indica-
                  rio establecidos por la Ley N.° 28991;      dores; así como sus modificatorias, quedando a
                                                              cargo de la citada entidad la emisión de las dis-
                  b)  DOCE  MILLONES  CUATROCIENTOS           posiciones orientadas al cumplimiento del pre-
                  OCHENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y           sente literal.


                   Diario de los Debates - 13.   d sesión (vesPertina) 29-11-2010
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