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1938   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2010 - tOmO iii

                  15.2 Previamente a la transferencia de recursos,   d) Las que realicen los gobiernos regionales a fa-
                  los proyectos de inversión pública deben contar   vor de las universidades públicas conforme al nu-
                  con viabilidad en el marco del Sistema Nacional   meral 6.2 del artículo 6.° de la Ley N.° 27506, Ley
                  de Inversión Pública (SNIP). Las transferencias   de Canon, modificatorias y complementarias.
                  de recursos que se efectúen en el marco de la pre-
                  sente disposición solo se autorizan hasta el se-  e) Las que efectúen los gobiernos locales para las
                  gundo trimestre del año 2011.               acciones siguientes:
                  Cada pliego presupuestario del Gobierno Nacio-  e.1 En el marco de programas sociales.
                  nal es responsable de la verificación y seguimien-
                  to del cumplimiento de las acciones contenidas en   e.2 En aplicación de la Ley N.° 29029, Ley de la
                  el convenio y en el cronograma de ejecución del   Mancomunidad Municipal, y modificatorias.
                  proyecto de inversión pública, para lo cual reali-
                  za el monitoreo correspondiente.            e.3 La prestación de los servicios públicos dele-
                                                              gados a las municipalidades de centros poblados,
                  Artículo 16.°.— De las transferencias finan­  según el artículo 133.° de la Ley N.° 27972, Ley
                  cieras permitidas entre entidades durante   Orgánica de Municipalidades.
                  el año fiscal 2011
                                                              e.4 La prestación de servicios y el mantenimien-
                  16.1 Autorízase en el presente año fiscal la rea-  to de la infraestructura vial de su competencia,
                  lización, de manera excepcional, de las transfe-  a cargo de sus organismos públicos.
                  rencias financieras entre entidades que a conti-
                  nuación se detallan:                        e.5 Por la imposición de papeletas por infraccio-
                                                              nes al Reglamento Nacional de Tránsito, a favor
                  a) Las referidas: i) al Seguro Integral de Salud   del Ministerio del Interior, conforme al artículo
                  (SIS); ii) al Instituto Nacional de Defensa Ci-  13.° de la Ley N.° 28750, Ley que autoriza Cré-
                  vil (Indeci) para la atención de desastres; iii) a   dito Suplementario en el Presupuesto del Sec-
                  la Presidencia del Consejo de Ministros con car-  tor Público para el Año Fiscal 2006 y dicta otras
                  go al Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía   medidas.
                  Nacional del Perú; iv) a la operatividad del Plan
                  Integral de Reparaciones (PIR) y del Programa   f) Las que realice la Autoridad Portuaria Nacio-
                  Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres; v)   nal a los gobiernos regionales a favor de las au-
                  al Ministerio de Justicia con cargo al Fondo Es-  toridades portuarias regionales, en el marco de lo
                  pecial de Administración del Dinero Obtenido   dispuesto por el artículo 30.° de la Ley N.° 27943,
                  Ilícitamente en Perjuicio del Estado (Fedadoi);   Ley del Sistema Portuario Nacional.
                  vi) al Programa de Emergencia Social Produc-
                  tivo ‘Construyendo Perú’; vii) al Ministerio de   16.2 Las transferencias financieras autorizadas en
                  Vivienda, Construcción y Saneamiento para el   el párrafo 16.1 se realizan, en el caso de las entida-
                  Banco de Materiales S.A.C y Fondo MI VIVIEN-  des del Gobierno Nacional, mediante resolución del
                  DA; y, viii) para las actividades y proyectos en el   titular del pliego, la misma que se publica en el dia-
                  marco del Plan de Impacto Rápido de Lucha con-  rio oficial El Peruano, y, en el caso de los gobiernos
                  tra las Drogas.                             regionales y los gobiernos locales, mediante acuer-
                                                              do de consejo regional o concejo municipal, respec-
                  b) Las que se realicen para el cumplimiento de   tivamente, requiriéndose en ambos casos, el pre-
                  los compromisos pactados en los convenios de   vio informe favorable de la oficina de presupuesto
                  cooperación internacional reembolsables y no   o la que haga sus veces en la entidad. Salvo lo dis-
                  reembolsables, y las operaciones oficiales de   puesto en el literal d) del párrafo 16.1 del presen-
                  crédito, celebrados en el marco de la normati-  te artícu lo, que se tramita mediante resolución del
                  va vigente.                                 titular del pliego del gobierno regional.
                  c) Para el financiamiento y cofinanciamiento de   16.3 La entidad pública que transfiere, con excep-
                  los proyectos de inversión pública, y el manteni-  ción de los literales d) y e.5 del párrafo 16.1 del
                  miento de carreteras, entre los niveles de gobier-  presente artículo, es responsable del monitoreo,
                  no subnacional y de estos al Gobierno Nacional,   seguimiento y cumplimiento de los fines, metas
                  previa suscripción del convenio respectivo. Las   físicas y financieras para los cuales les fueron en-
                  transferencias de recursos que se efectúen en el   tregados los recursos. Los recursos públicos, ba-
                  marco del presente literal solo se autorizan has-  jo responsabilidad, deberán ser destinados solo a
                  ta el tercer trimestre del año 2011.        los fines para los cuales se autorizó su transferen-


                   Diario de los Debates - 13.   d sesión (vesPertina) 29-11-2010
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