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Primera LegisLatura Ordinaria de 2010 - tOmO iii - Diario de los Debates 1935
merciales y ambientales, negociaciones económi- la modalidad de Contratación Administrativa de
cas y financieras y las acciones de promoción de Servicios (CAS), regulada por el Decreto Legisla-
importancia para el Perú. tivo N.° 1057. La misma restricción es aplicable a
las partidas de gasto vinculadas al mantenimien-
b) Los viajes que realicen los inspectores de la to de infraestructura, las cuales tampoco pueden
Dirección General de Aeronáutica Civil del Mi- ser objeto de modificación presupuestaria para
nisterio de Transportes y Comunicaciones para habilitar recursos destinados al financiamiento
las acciones de inspección y vigilancia de activi- de contratos CAS no vinculados a dicho fin.
dades de aeronáutica civil.
La Contratación Administrativa de Servicios
c) Los titulares de los organismos constitucional- (CAS) no es aplicable en la ejecución de proyec-
mente autónomos y los altos funcionarios y au- tos de inversión pública.
toridades del Estado a que se refiere la Ley N.°
28212, Ley que Regula los Ingresos de los Al- 10.4 En ningún caso, el gasto mensual por servi-
tos Funcionarios Autoridades del Estado y Dic- cios de telefonía móvil, servicio de comunicacio-
ta Otras Medidas, y modificatoria. nes personales (PCS) y servicio de canales múlti-
ples de selección automática (troncalizado) puede
d) Los viajes que realicen los funcionarios del Mi- exceder al monto resultante de la multiplica-
nisterio de Relaciones Exteriores. ción del número de equipos por DOSCIENTOS
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200,00). Consi-
El requerimiento de excepciones adicionales a las dérase dentro del referido monto, al costo por el
señaladas en los literales precedentes, en el caso alquiler del equipo, así como al valor agregado al
de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá cana- servicio, según sea el caso.
lizarse a través de la Presidencia del Consejo de
Ministros y se autoriza mediante resolución su- La Oficina General de Administración de la enti-
prema refrendada por el Presidente del Consejo dad, o la que haga sus veces, establece, median-
de Ministros. En el caso de los organismos consti- te directiva, los montos que se cubren por equipo
tucionalmente autónomos, la excepción es autori- sujeto al gasto mensual antes señalado. La dife-
zada por resolución del titular de la entidad; y en rencia de consumo en la facturación es abonada
los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se por el funcionario o servidor que tenga asignado
autoriza mediante acuerdo del consejo regional o el equipo conforme al procedimiento que se esta-
concejo municipal, respectivamente. En todos los blezca en la mencionada directiva. No puede asig-
casos, la resolución o acuerdo de excepción es pu- narse más de un (1) equipo por persona.
blicada en el diario oficial El Peruano.
A los altos funcionarios y autoridades del Esta-
Los viajes que se autoricen en el marco de la pre- do a que se refiere la Ley N.° 28212 y modificato-
sente disposición deben realizarse en categoría ria, viceministros y secretarios generales, no le
económica. es aplicable la restricción de gasto señalada en el
primer párrafo del presente numeral.
10.2 Establécese como monto máximo por con-
cepto de honorarios mensuales el tope de ingresos 10.5 Queda prohibida la adquisición de vehícu-
señalado en el artículo 2.° del Decreto de Urgen- los automotores, salvo en los casos de pérdida to-
cia N.° 038-2006 para la contratación por locación tal del vehículo, adquisiciones de ambulancias,
de servicios que se celebre con personas natura- vehícu los de rescate y autobombas y los desti-
les, de manera directa o indirecta, y el Contrato nados a la limpieza pública, seguridad ciudada-
Administrativo de Servicios (CAS) regulado por na, seguridad turística en el marco de la Ley N.°
el Decreto Legislativo N.° 1057, Decreto Legis- 29408, Ley General de Turismo, seguridad inter-
lativo que regula el régimen especial de contra- na y defensa nacional, así como la que se realice
tación administrativa de servicios. Dicho monto para la consecución de las metas de los proyectos
máximo no es aplicable para la contratación de de inversión pública, la adquisición de vehículos
abogados y peritos independientes para la defen- automotores con el objeto de renovar los vehícu-
sa del Estado en el exterior. los que tengan una antigüedad igual o superior a
diez (10) años, para el caso de las entidades que,
10.3 Quedan prohibidas las modificaciones pre- en el marco de sus funciones, desarrollen opera-
supuestarias en el nivel funcional programático ciones o actividades de campo que requieran la
con cargo a la Genérica de Gastos Adquisición de renovación de los mismos. Asimismo, están com-
Activos No Financieros, con el objeto de habilitar prendidas en esta excepción las entidades de re-
recursos para la contratación de personas bajo ciente creación que necesiten vehículos para el
13. d sesión (vesPertina) 29-11-2010 - Diario de los Debates
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