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                   Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2003 - TOMO III
                  estén destinados a metas que tengan por fuente  gan, recauden o capten en sus respectivos presu-
                  de financiamiento operaciones de endeudamien-  puestos, de conformidad a los procedimientos es-
                  to cuyos desembolsos no se hayan ejecutado.  tablecidos en la normatividad vigente.
                  7.3 Lo establecido en el presente artículo no exi-  9.4 Para el caso del Gobierno Nacional, los Go-
                  me del cumplimiento de las normas que rigen a  biernos Regionales y los Gobiernos Locales, los
                  las operaciones de endeudamiento.           Saldos de Balance de las Fuentes de Financia-
                                                              miento ‘Recursos por Operaciones Oficiales de
                  Artículo 8.°.— Modificaciones Presupuesta-  Crédito’ y ‘Donaciones y Transferencias’ que re-
                  rias por mayores ingresos                   quieran contrapartida, es asumida exclusivamente
                                                              con cargo al respectivo presupuesto institucional
                  Los mayores ingresos por las fuentes de financia-  aprobado para el Pliego.
                  miento ‘Recursos Ordinarios’ y ‘Recursos por Ope-
                  raciones Oficiales de Crédito’ que se obtengan du-  9.5 Cuando los mayores recursos provengan de la
                  rante el año fiscal 2004, respecto a los niveles pre-  aplicación del Fondo de Inversiones para el Desa-
                  vistos en el artículo 2.° de la presente Ley, podrán  rrollo de Ancash – FIDA, así como del Fondo Espe-
                  modificar el nivel máximo del Presupuesto de In-  cial de Administración del Dinero Obtenido
                  gresos y Egresos, de acuerdo con los procedimien-  Ilícitamente – FEDADOI, mediante Decreto Supre-
                  tos establecidos por la Ley de Gestión Presupues-  mo refrendado por el Ministro de Economía y Fi-
                  taria del Estado – Ley N.° 27209, y en las priorida-  nanzas, a propuesta del Consejo Nacional de Des-
                  des del gasto, según corresponda.           centralización – CND, en el primer caso, y de la
                                                              Presidencia del Consejo de Ministros en el segun-
                  Artículo 9.°.— Incorporación de mayores     do caso, se podrá incorporar dichos recursos en los
                  ingresos                                    presupuestos de las entidades correspondientes.

                  9.1 Autorízase a los Titulares de los Pliegos Pre-  Artículo 10.°.— Cierre Presupuestario
                  supuestarios del Gobierno Nacional, con excep-
                  ción de las Entidades de Tratamiento Empresa-  Para efecto de las acciones orientadas al cierre
                  rial, a incorporar en sus respectivos presupues-  del presupuesto del Sector Público para el Año
                  tos, mediante la resolución correspondiente, los  Fiscal 2004, mediante Decreto Supremo refren-
                  mayores ingresos respecto a los previstos en el  dado por el Ministro de Economía y Finanzas y a
                  artículo 2.° de la presente Ley, provenientes de:  propuesta de la Dirección Nacional del Presupues-
                                                              to Público, se autorizan las modificaciones pre-
                  a) Las fuentes de financiamiento distintas a las  supuestarias necesarias, durante el mes de diciem-
                  de ‘Recursos Ordinarios’ y ‘Recursos por Opera-  bre, con cargo a la fuente de financiamiento de
                  ciones Oficiales de Crédito’ que se produzcan du-  recursos ordinarios y por un monto no mayor al
                  rante el año fiscal.                        equivalente al 2% del presupuesto correspondien-
                                                              te al gasto no financiero ni previsional, con el
                  b) La recuperación en dinero, resultado de la venta  objeto de conciliar y completar los registros pre-
                  de alimentos y productos, en el marco de Conve-  supuestarios de ingresos y gastos efectuados du-
                  nios Internacionales.                       rante el Año Fiscal.

                  c) Los saldos de balance, así como los diferencia-  La Dirección Nacional del Presupuesto Público
                  les cambiarios de las fuentes de financiamiento  presentará a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
                  distintas a las de ‘Recursos Ordinarios’. El pre-  General de la República del Congreso de la Re-
                  sente inciso también comprende los Saldos de  pública, un informe detallado que sustente las
                  Balance generados por la monetización de alimen-  modificaciones presupuestarias, en un plazo no
                  tos y productos.                            mayor a 15 días hábiles de publicado el referido
                                                              Decreto Supremo.
                  9.2 En las Entidades de Tratamiento Empresa-
                  rial, autorízase a los Titulares de Pliego a incor-  Artículo 11.°.— De los Gastos Tributarios
                  porar en sus respectivos presupuestos, median-
                  te la resolución correspondiente, la mayor dis-  Los gastos tributarios ascienden a la suma de DOS
                  ponibilidad financiera de los recursos públicos  MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE
                  que financian su presupuesto.               MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL Y
                                                              00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 497 191 000,00),
                  9.3 Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Loca-  monto que se detalla en el Marco Macroeconómico
                  les, incorporan los mayores recursos que obten-  Multianual 2004-2006.


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                   Diario de los Debates - 32.   B SESIÓN (VESPERTINA) 27-11-2003
                   Diario de los Debates - 32.   B S  B SESIÓNESIÓN ( (VESPERVESPERTINATINA)) 27-11-2003 27-11-2003
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