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presas y las entidades señaladas en el artículo Decreto Supremo N.° 002-2001-EF y, en su caso,
10.° de la presente Ley, antes del inicio del Año las disposiciones legales y reglamentarias que se
Fiscal, el desagregado del Presupuesto de Ingre- opongan a lo establecido por la presente Ley o
sos a nivel de Pliego y de Egresos, por Unidad limiten su aplicación.
Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Ac-
tividad, Proyecto, Categoría de Gasto, Grupo Disposiciones Finales
Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento,
resultante del proceso de formulación y aproba- Primera.— Las Entidades del Sector Público,
ción de la Ley Anual de Presupuesto. de considerarlo oportuno, llevarán a cabo, en un
plazo que no exceda de 60 días calendario a par-
Artículo 8.°, inciso b) tir de la publicación de la presente Ley, el proce-
so de Reestructuración Organizativa Institucional
b) Del Presupuesto de los Gobiernos Locales, sus que estimen conveniente en función a la evalua-
Organismos Públicos Descentralizados y Empre- ción de sus competencias y responsabilidades, con
sas Municipales, a nivel financiero y de metas, a el objeto de mejorar su eficiencia, racionalizar sus
cargo de los Pliegos Presupuestarios correspon- gastos y generar ahorro público, sin demandar
dientes: recursos adicionales a los aprobados para la En-
tidad, de acuerdo a los límites de gastos y dispo-
Municipalidades Distritales, sus Organismos siciones generales que señalan la presente nor-
Públicos Descentralizados y Empresas: ma. La Reestructuración Organizativa será apro-
bada mediante Decreto Supremo.
b.1 Primer Semestre, dentro de los treinta (30)
días siguientes de vencido el semestre. Cuando la Reestructuración Organizativa impli-
que el traslado de recursos, éstos se efectuarán en
b.2 Anual, dentro de los treinta (30) días siguien- el marco de las normas establecidas en la Ley de
tes de vencido el ejercicio presupuestario. Gestión Presupuestaria del Estado, Ley N.° 27209.
Municipalidades Provinciales, sus Organismos Segunda.— Prorrógase para el Año Fiscal 2001,
Públicos Descentralizados y Empresas: las Disposiciones sobre el Vaso de Leche, conte-
nidas en la Segunda Disposición Transitoria de
b.3 Primer Semestre, dentro de los cuarenta y cinco la Ley N.° 27212, Ley de Presupuesto del Sector
(45) días siguientes de vencido el semestre. Público para el Año Fiscal 2000.
b.4 Anual, dentro de los cuarenta y cinco (45) días Tercera.— Los Pliegos Ministerio de Defensa e
siguientes de vencido el ejercicio presupuestario. Interior registrarán la ejecución de los gastos en
el Sistema Integrado de Administración Finan-
Artículo 9.°, incisos a) y b) ciera (SIAF) en todas sus etapas (compromiso,
devengado, girado, pagado) y cumplirán con to-
a) La Evaluación Anual y las Evaluaciones Fi- das las normas y procedimientos que rigen para
nancieras, así como las del Comité de Caja y de la administración pública sobre el manejo de re-
las Municipalidades Provinciales, sus Organis- cursos del Estado, generación de ingresos, así
mos Públicos Descentralizados y Empresas, den- como en el cumplimiento de la Ley General de
tro de los quince (15) días siguientes de efectua- Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su
das. En el caso de las Municipalidades Distritales, Reglamento. En todas las dependencias y en to-
sus Organismos Públicos Descentralizados y Em- dos los niveles de administración de recursos se
presas, éstas se remiten dentro de los cinco (5) dará cumplimiento a las normas, con el fin de
días de efectuadas a la respectiva Municipalidad lograr su uso eficiente. La Contraloría General
Provincial. de la República verificará el cumplimiento de lo
dispuesto en la presente Ley y la ejecución de
b) La Evaluación de los Presupuestos Institucio- gastos operativos reservados.
nales y de la Comisión de Promoción de la Inver-
sión Privada (COPRI), dentro de los cinco (5) días Cuarta.— Autorízase al Ministerio de Economía
siguientes de efectuada.’ y Finanzas a transferir de la Reserva de Contin-
gencia al Instituto Nacional Penitenciario el
Disposición Derogatoria monto de S/. 12 000 000,00 (doce millones y 00/
100 nuevos soles), a fin de implementar una po-
Única.— Deróganse los Decretos de Urgencia lítica integral de reforma en los Centros Peni-
Núms. 058-2000 y 128-2000 y déjase sin efecto el tenciarios del país.
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