Page 25 - 2000\Debate-2000\Debate(2)
P. 25
Categoría Del Gasto
5 Gastos Corrientes
0 Reserva De Contingencia 506 768 780,00
Total 506 768 780,00
A LA:
Sección Primera
Gobierno Central 292 675 874,00
Sección Segunda
Instancias Descentralizadas 214 092 906,00
Total 506 768 780,00
Los Pliegos y Grupos Genéricos de Gasto habilita- tran, entre otros recursos, los destinados a aten-
dos en la Sección Primera y Sección Segunda del der las transferencias a los Gobiernos Locales para
presente artículo son detallados en los Anexos N.° el Programa del Vaso de Leche, por un monto de
2 y 2-A que conforman la presente norma legal. S/. 332 247 000 (trescientos treintidós millones
doscientos cuarentisiete mil y 00/100 nuevos so-
3.9 Los Titulares de Pliego aprueban mediante les); asimismo, en la referida asignación también
Resolución el desagregado de los recursos se contemplan los recursos cuyo fin será la
habilitadores y habilitados, dentro de los tres (3) implementación de la nueva entidad que se en-
días de la vigencia de la presente Ley. Copia de la cargará, a partir del mes de febrero del año 2001,
Resolución se remite a los Organismos señala- de las funciones del desactivado Servicio de Inte-
dos en el artículo 5º del Decreto Legislativo N.° ligencia Nacional.
909 – Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2001 a más tardar a los dos (2) días 3.14 Los Titulares de Pliego, como muestra de
de aprobada dicha Resolución. esfuerzo, eficiencia y productividad, de las asig-
naciones autorizadas en su presupuesto, por toda
3.10 El Presupuesto, a nivel de Pliego en la fuen- fuente de financiamiento, reducirán el 3% de la
te de financiamiento Recursos Ordinarios, luego asignación autorizada para bienes y servicios de
de efectuada las modificaciones presupuestarias los gastos corrientes de sus respectivos Pliegos,
a que se refieren los numerales 3.5 y 3.8 del pre- para transferirlas a la ejecución de proyectos de
sente artículo, se muestra en el Anexo N.° 3 que inversión, priorizando los proyectos con financia-
conforma la presente norma legal. miento externo, si los tuvieran, así como a pro-
yectos de desarrollo de infraestructura que me-
3.11 La Oficina de Presupuesto o la que haga joren las condiciones que permitan incrementar
sus veces de los Pliegos comprendidos en la pre- la productividad, especialmente en las regiones
sente Ley, solicitarán a la Dirección Nacional del del interior del país.
Presupuesto Público, de ser necesario, las codi-
ficaciones que se requieran para su adecuada Los Pliegos que no cuenten con proyectos de in-
aplicación. versión, transferirán dichos recursos a la Reser-
va Financiera del Ministerio de Economía y Fi-
3.12 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus nanzas, para que se destinen a financiar los sec-
veces de los Pliegos instruye(n) a la(s) Unidad(es) tores señalados en el numeral 3.7 del artículo 3.°
Ejecutora(s) para que elabore(n) las correspon- de la presente Ley.
dientes ‘Notas para Modificación Presupuesta-
ria’ que se requieran, como consecuencia de lo Quedan exceptuados de la aplicación del presen-
dispuesto en la presente Ley. te numeral los Sectores Educación y Salud, y los
Pliegos Jurado Nacional de Elecciones, Oficina
3.13 En la asignación presupuestaria aprobada Nacional de Procesos Electorales y Registro Na-
al Ministerio de Economía y Finanzas, se encuen- cional de Identificación y Estado Civil.
2263