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formación sobre las operaciones de Endeuda-  rrespondiéndole al Perú una contribución de US$
                  miento Externo que realicen, dentro de los ocho  200 000,00 (DOSCIENTOS MIL Y 00/100 DÓ-
                  (8) días posteriores al perfeccionamiento de las  LARES AMERICANOS).
                  mismas.
                                                              Asimismo, apruébanse las Enmiendas conteni-
                  Décima.— El Ministerio de Economía y Finan-  das en la Resolución 86/XVII, propuestas al Con-
                  zas efectúa, a través de la Dirección General de  venio Constitutivo del Fondo Internacional de
                  Crédito Público, los aportes, suscripción de ac-  Desarrollo Agrícola (FIDA), como resultado de
                  ciones, contribuciones y los pagos respectivos a  la Reposición de Recursos antes mencionada.
                  los organismos multilaterales de crédito.
                                                                          Disposición Final
                  Décimo primera.— Las asunciones de deuda
                  externa de las empresas del Estado sujetas al  Única.— La presente Ley entra en vigencia el
                  proceso de promoción de la inversión privada, a  1º de enero de 1998.
                  que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, sus
                  modificatorias y demás normas reglamentarias  Comuníquese, etc."
                  se aprueban a propuesta de la Comisión de Pro-
                  moción de la Inversión Privada (COPRI), previo  "El Congreso de la República;
                  informe favorable de la Dirección General de
                  Crédito Público y de la Oficina de Asesoría Jurí-  Ha dado la ley siguiente:
                  dica del Ministerio de Economía y Finanzas,
                  mediante Decreto Supremo refrendado por el    LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO
                  Ministro de Economía y Finanzas.                            PARA 1998

                  Décimo segunda.— Facúltase al Ministerio de                 Capítulo I
                  Economía y Finanzas a realizar operaciones de
                  Conversión de Deuda Externa en Donación en   Aprobación del Presupuesto de Ingresos
                  apoyo de sectores sociales, protección del medio   y Egresos del Sector Público
                  ambiente y alivio de las causas de la extrema
                  pobreza, así como operaciones de Conversión de  Artículo 1º.— Apruébase el Presupuesto de In-
                  Deuda Externa en Inversión. Los marcos bilate-  gresos a nivel de fuentes de Financiamiento y
                  rales aplicables a estas operaciones, así como  Egresos a nivel de Categoría del Gasto, para el
                  aquellas operaciones no susceptibles de ser con-  período comprendido entre el 1º de enero y el 31
                  sideradas en los referidos marcos, serán aproba-  de diciembre de 1998, de acuerdo a la estructura
                  dos por Decreto Supremo, refrendado por el Mi-  y montos siguientes:
                  nistro de Economía y Finanzas. El Ministerio de
                  Economía y Finanzas, en un plazo de cuarenti-  Ingresos              S/.
                  cinco (45) días hábiles presentará un informe de
                  dichas operaciones a la Comisión de Presupues-  —Recursos Ordinarios    24 638 900 000
                  to del Congreso de la República.
                                                              —Canon y Sobrecanon            166 291 399
                  Décimo tercera.— Durante la vigencia de la
                  presente Ley, amplíase el uso de los recursos ori-  —Participación en Rentas
                  ginados en el proceso normado por el Decreto  de Aduanas                    131 000 000
                  Legislativo Nº 674 y sus modificatorias, para que
                  puedan ser también utilizados por el Ministerio  —Contribuciones a
                  de Economía y Finanzas en atender el pago de  Fondos                       533 335 878
                  obligaciones de deuda pública externa.
                                                              —Recursos Directamente
                  Décimo cuarta.— Apruébase la propuesta para   Recaudados                  1 724 163 126
                  la Undécima Reposición de los Recursos de la
                  Asociación Internacional de Fomento (AIF), me-  —Recursos por Operac. Ofic.
                  diante el cual el Estado Peruano suscribirá ac-  de Crédito Interno         129 500 000
                  ciones por el monto de US$ 31 225,00 (TREIN-
                  TA UN MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO Y          —Recursos por Operac. Ofic.
                  00/100 DÓLARES AMERICANOS).                   de Crédito Externo          1 951 863 207

                  Décimo quinta.— Apruébase la propuesta para  —Donaciones y
                  la Cuarta Reposición de los Recursos del Fondo  Transferencias              248 721 816
                  Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con-
                  tenida en las Resoluciones 87/XVIII y 98/XX, co-  TOTAL                 29 523 775 426



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