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Transferencias al FONDEPES, IMARPE y        —Superintendencia de Administradoras Priva-
                  Ministerio de Salud                         das de Fondos de Pensiones
                  Artículo 12º.— La presente Ley considera en el  —Superintendencia Nacional de Servicio de Sa-
                  Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo  neamiento
                  Pesquero, del Instituto del Mar del Perú y del
                  Ministerio de Salud, recursos de hasta por S/.36  —Instituto Peruano de Seguridad Social
                  607 961,00, y S/.14 079 985,00, y S/.2 815 997,00,
                  respectivamente, para los efectos a que se con-  —Organismo Supervisor de la Inversión Priva-
                  trae el artículo 17º del Decreto Ley Nº 25977 y el  da en Telecomunicaciones
                  Artículo 40º del Decreto Supremo Nº 01-94-PE -
                  Reglamento de la Ley de Pesca, los mismos que  —Organismo Supervisor de la Inversión en Ener-
                  provienen del pago de derechos por concesiones,  gía
                  autorizaciones, permisos y licencias al Ministe-
                  rio de Pesquería, dispuesto por el Artículo 45º  —Comisión Nacional Supervisora de Empresas
                  del Decreto Ley Nº 25977.                   y Valores

                  Ejecución de los Presupuestos de SUNAT y    —Comisión de Zonas Francas, Industriales y
                  ADUANAS                                     Turísticas

                  Artículo 13º.— La Superintendencia Nacional  —Zonas de Tratamiento Especial
                  de Administración Tributaria (SUNAT) y la
                  Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUA-  —Comisión de Tarifas Eléctricas
                  NAS), depositan en la Cuenta Principal del Te-
                  soro Público, bajo responsabilidad del Titular de  —Unidad Técnica Especializada del Fondo Na-
                  las referidas Entidades, la diferencia entre sus  cional de Vivienda
                  ingresos trimestrales y los gastos comprometi-
                  dos en el mismo período.                    —Oficinas Registrales Regionales
                                                              —Entidades que manejan fondos creados por dis-
                  La incorporación en el Presupuesto del Gobier-  positivo legal expreso, que no reciban transfe-
                  no Central, de la diferencia a que se refiere el
                  presente artículo, se efectúa mediante Resolu-  rencias de la Fuente de Recursos Ordinarios,
                                                              previo informe del Ministerio de Economía y Fi-
                  ción del Titular del Ministerio de Economía y Fi-  nanzas, a través de la oficina correspondiente
                  nanzas.
                                                              —Empresas pertenecientes a los Consejos Tran-
                  Tratamiento del proceso presupuestario en   sitorios de Administración Regional y a los Go-
                  la Actividad Empresarial del Estado         biernos Locales.

                  Artículo 14º.— El Ministerio de Economía y  Programa del Vaso de Leche
                  Finanzas, dicta las normas referidas al proceso
                  presupuestario, normas de austeridad y remu-  Artículo 15º.— En armonía con lo dispuesto por
                  neraciones, aplicables a los organismos señala-  la Ley Nº 24059, los Recursos del Programa del
                  dos en la Ley Nº 24948, dentro del marco de lo  Vaso de Leche financian la ración alimenticia dia-
                  dispuesto en la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión  ria compuesta por leche y/o alimento equivalen-
                  Presupuestaria del Estado, la Ley Nº 26850 - Ley  te: quinua, quiwicha, soya, avena o cualquier otro
                  de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y  alimento, prioritariamente producido en la zona,
                  la presente Ley. Las disposiciones relacionadas a  utilizado por los pobladores de la región o zona
                  remuneraciones deben contar, previamente, con  como desayuno, de acuerdo a sus hábitos de con-
                  la opinión del Titular del Sector respectivo.  sumo; así como otros insumos que complemen-
                                                              ten o mejoren el valor nutritivo de la ración. To-
                  Lo dispuesto en el párrafo precedente, también  dos los excedentes que se generen como resulta-
                  es de aplicación para las siguientes entidades:  do del uso alternativo de donaciones en especie
                                                              de los productos antes mencionados, se orientan,
                  —Superintendencia de Banca y Seguros        necesariamente, a la adquisición de alimentos
                                                              complementarios para el Programa del Vaso de
                  —Superintendencia Nacional de Administración  Leche.
                  Tributaria
                                                              Sin exceder la asignación anual aprobada para
                  —Superintendencia Nacional de Aduanas       este Programa, los Concejos Municipales



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