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"El Congreso de la República; de diecisiete mil setecientos cuarenta y siete mi-
llones cuatrocientos sesenta y dos mil y 00/100
Ha dado la ley siguiente: nuevos soles (S/. 17,747462,000.00) e Ingresos
de Capital por dos mil cuatrocientos millones y
Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto 00/100 nuevos soles (S/. 2,400000,000.00).
del Sector Público para 1996
Los Ingresos Propios no serán menores de vein-
Título I ticuatro millones ciento sesenta y dos mil y 00/
100 nuevos soles (S/. 24162,000.00).
Del Ordenamiento Financiero
El Endeudamiento Interno concertado y por
Artículo 1º. La presente ley establece los cri- concertar no será menor de noventa millones
terios, fuentes y usos de recursos que permiten ochocientos ochenta y ocho mil y 00/100 nuevos
lograr el equilibrio financiero del Presupuesto soles (S/. 90888,000.00).
del Sector Público para 1996.
El Endeudamiento Externo concertado y por
Artículo 2º. El Poder Ejecutivo equilibra concertar no será menor de mil ochocientos cua-
financieramente el Presupuesto del Gobierno tro millones trescientos setenta y seis mil y 00/
Central, para lo cual: 100 nuevos soles (S/. 1,804376,000.00).
a) Los egresos totales del Presupuesto del Go- Los Ingresos por Transferencias no serán me-
bierno Central para 1996, no exceden de veinti- nores de ciento noventa y cinco millones ocho-
dós mil doscientos sesenta y dos millones sete- cientos ochenta y cinco mil y 00/100 nuevos so-
cientos setenta y tres mil y 00/100 nuevos soles les (S/.195885,000.00).
(S/. 22,262773,000.00).
Artículo 3º. El mayor ingreso por cualquier
El Egreso se distribuye de la siguiente manera: fuente de financiamiento que se obtenga duran-
te el período de ejecución presupuestaria respec-
Los gastos corrientes no exceden de catorce mil to a los niveles mínimos previstos en el artículo
sesenta y ocho millones diez mil y 00/100 nuevos precedente podrá modificar el nivel máximo del
soles (S/. 14,068010,000.00). Presupuesto de Egresos del Gobierno Central
para 1996, de acuerdo con los procedimientos
Los gastos de capital no exceden de cinco mil establecidos por la Ley Nº 26199 y la Ley Anual
cincuenta y siete millones cuatrocientos cuatro de Presupuesto para el citado ejercicio fiscal.
mil y 00/100 nuevos soles (S/. 5,057404,000.00).
Artículo 4º. Las operaciones de refinanciación
El servicio de la deuda interna no excede de de la Deuda Interna provenientes de la ejecución
cuatrocientos dos millones novecientos treinta y de las honras de garantía, así como de las deudas
seis mil 00/100 nuevos soles (S/. 402936,000.00). asumidas, serán aprobadas por Decreto Supre-
mo, refrendado por el Ministro de Economía y
El servicio de la deuda externa excede de dos Finanzas.
mil setecientos treinta y cuatro millones cuatro-
cientos veintitrés mil 00/100 nuevos soles Título II
(S/. 2,734423, 000.00).
Del Endeudamiento Interno
b) Para financiar los gastos señalados en el Inciso Artículo 5º. Para efectos del presente Título,
a) los ingresos totales, por toda fuente de
financiamiento, no serán menores de veintidós considérase operación de Endeudamiento Inter-
no del Gobierno Central a toda modalidad de
mil doscientos sesenta y dos millones setecien- préstamo, emisión de bonos y garantías que im-
tos setenta y tres mil 00/100 nuevos soles pliquen endeudamiento a plazos mayores de un
(S/. 22,262773,000.00). año, con personas naturales o jurídicas domici-
liadas en el país.
El ingreso en referencia se distribuye de la si-
guiente manera: Artículo 6º. Autorízase al Gobierno Central a acor-
dar o garantizar créditos internos hasta por un mon-
Los ingresos del Tesoro Público no serán me- to que no exceda de doscientos veinticinco millones y
nores de veinte mil ciento cuarenta y siete millo- 00/100 nuevos soles (225´000,000.00) y a emitir bo-
nes cuatrocientos sesenta y dos mil y 00/100 nue- nos hasta por un monto que no exceda de dos mil
vos soles (S/. 20,147462,000.00). Estos ingresos ochocientos ochenta millones y 00/100 nuevos soles
consideran Ingresos Corrientes hasta por la suma (2,880´000,000.00).
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