Page 97 - 1995\Debate-1995\Debate(5)
P. 97
incorporan al Presupuesto Institucional de los Autónomos, que comprende los pliegos presu-
Gobiernos Locales, mediante la Resolución co- puestarios que por mandato constitucional y le-
rrespondiente. La distribución del Fondo de Com- gal, tienen autonomía: Instituto Peruano de Se-
pensación Municipal, inicial y adicional, se efec- guridad Social IPSS, Fondo de Compensa-
túa de acuerdo a la normatividad dispuesta en ción y Desarrollo Social FONCODES, Insti-
los Artículos 87º y 88º del Decreto Legislativo Nº tuto de Investigaciones de la Amazonia Perua-
776 Ley de Tributación Municipal. na, Banco Central de Reserva BCR, Superin-
tendencia de Banca y Seguros, Asamblea Nacio-
Los Concejos Municipales Provinciales y Distrita- nal de Rectores, Universidades Públicas, Comi-
les incluyen adicionalmente, en su presupuesto sión Nacional de Zonas Francas y Zonas de Tra-
inicial los recursos provenientes de los ingresos tamiento Especial, Fondo Nacional de Desarro-
municipales así como las asignaciones de los gas- llo Pesquero FONDEPES, Superintenden-
tos correspondientes. cia de Bienes Nacionales y Superintendencia Na-
cional de los Registros Públicos.
El procedimiento y plazos para el desagregado y
remisión de los Presupuestos Institucionales se f. Volumen 06: Instituciones Públicas Descentra-
fijan en la directiva de aprobación del presupues- lizadas y Sociedades de Beneficencia Pública, que
to. comprende los pliegos presupuestarios de estas
entidades, creadas por ley.
Artículo 4º. Las disposiciones establecidas en
la presente ley, tienen vigencia para el ejercicio Capítulo II: Ejecución y Modificaciones
presupuestal 1996, y son complementarias a la Presupuestarias
Ley Nº 26199 Ley Marco del Proceso Presu-
puestario y a las Leyes de Equilibrio Financie- Sección A: Ejecución Presupuestaria
ro y de Endeudamiento del Sector Público.
Artículo 5º. La Ejecución del Presupuesto de
Asimismo, rigen para los organismos agrupados los Organismos comprendidos en los volúmenes
en los seis volúmenes siguientes: 01, 02, 03, 05 y 06, con excepción de las empre-
sas pertenecientes a los Gobiernos Regionales y
a. Volumen 01: Gobierno Central, que compren- Locales, se sujetan a las disposiciones estableci-
de los pliegos presupuestarios de los organismos das en el presente Capítulo, a la Ley Marco del
representativos de los poderes del Estado: Le- Proceso Presupuestario del Sector Público y en
gislativo, Ejecutivo y Judicial, además de los co- lo pertinente a los acuerdos del Comité de Caja a
rrespondientes al Ministerio Público, Jurado que se refiere el Artículo 15º de la Ley Nº 25388
Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Pro- modificado por el Artículo 16º del Decreto Ley
cesos Electorales, Registro Nacional de Identifi- Nº 25572.
cación y Estado Civil, Concejo Nacional de la
Magistratura, Defensoría del Pueblo, Contraloría Artículo 6º. Para el inicio de la ejecución del
General de la República y Tribunal Constitucio- presupuesto, la Dirección General del Presupues-
nal. to Público aprueba de oficio el Calendario de
Compromisos del mes de enero, correspondiente
b. Volumen 02: Gobiernos Regionales y Corpora- a los organismos comprendidos en los volúme-
ciones de Desarrollo, que comprende los pliegos nes 01, 02, 05 y 06, a más tardar el 15 de enero
presupuestarios de los Gobiernos Regionales, y de 1996.
sus instituciones públicas y empresas, así como
las Corporaciones de Desarrollo de Lima y Callao. Artículo 7º. Los Organismos comprendidos
en el volumen 01: Gobierno Central podrán mo-
c. Volumen 03: Gobiernos Locales, que compren- dificar sus calendarios de compromisos, en lo
de los pliegos presupuestarios de las Municipali- concerniente a proyectos de inversión referidos
dades Provinciales y Distritales y de las entida- a la asignación genérica: obras del Clasificador
des y empresas municipales. por Objeto del Gasto. La modificación consiste
en el traslado de recursos entre proyectos de un
d. Volumen 04: Empresas del Estado, que com- programa sin alterar el monto de la autorización
prende los presupuestos de las Empresas de De- mensual del Pliego.
recho Público, de Derecho Privado y de Econo-
mía Mixta con participación directa o indirecta, La modificación será aprobada, previa a su eje-
mayoritaria del Estado y Corporación Nacional cución, mediante Resolución del Titular del Plie-
de Desarrollo-CONADE. go a nivel de programa, subprograma, proyecto y
asignación genérica, debiendo ser remitida den-
e. Volumen 05: Organismos Descentralizados tro de los cinco días (05) siguientes de aprobada
1627