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nizar y automatizar sus labores de acuerdo con  vamos a tratar el texto sustitutorio, contenido
                  las exigencias que sus importantes funciones  en el dictamen de la Comisión de Presupuesto,
                  demandan. Para tal efecto las citadas dependen-  del proyecto de ley remitido por el Poder Ejecuti-
                  cias deberán proponer la nueva organización y  vo mediante el cual se aprueba un crédito suple-
                  el correspondiente Reglamento de Organización  mentario para el ejercicio presupuestal de 1994.
                  y Funciones para su aprobación mediante Re-
                  solución del Viceministro de Hacienda, quedan-  Tiene la palabra el señor Figueroa Vizcarra,
                  do facultadas a reformular sus cuadros de per-  presidente de la Comisión de Presupuesto.
                  sonal y cubrir los cargos respectivos, con
                  prescindencia de lo dispuesto en el Artículo 19º,  El señor FIGUEROA VIZCARRA (NM-C90).—
                  numeral I incisos a), b) y c) de la presente ley.  Sí, señor Presidente.
                  DÉCIMA.— Facúltase al Instituto Nacional de  Habiendo sido repartido el dictamen de la Co-
                  Defensa Civil-INDECI a otorgar recursos ma-  misión de Presupuesto en relación al proyecto
                  teriales en calidad de donación y en reciproci-  de Ley del Crédito Suplementario para 1994,
                  dad a países extranjeros que hayan sido afecta-  debo señalar que esta iniciativa ha sido susten-
                  dos por un desastre o calamidad, dentro de su  tada en el seno de nuestra Comisión por el se-
                  asignación presupuestal, previa coordinación  ñor Ministro de Economía y Finanzas, sobre el
                  con el Ministerio de Relaciones Exteriores y  cual se ha establecido un dictamen favorable.
                  autorización de la Presidencia de la República.
                                                              Las razones que conllevan dicha aprobación
                  UNDÉCIMA.— Encárguese al Ministro de Jus-   están relacionadas por lo dispuesto por el ter-
                  ticia las funciones de titular del Consejo Nacio-  cer párrafo del Artículo 80º de nuestra Consti-
                  nal de la Magistratura, en tanto el nuevo titu-  tución Política, en el Numeral I.a) del Artículo
                  lar asuma sus funciones; a efecto de permitir el  40º de la Ley Nº 26199 y en base a los resulta-
                  desarrollo administrativo, presupuestario y de  dos de la evaluación financiera de los ingresos
                  pagos del citado pliego.                    y gastos al tercer trimestre y su proyección al
                                                              cierre del ejercicio fiscal de 1994. Se ha propues-
                  DÉCIMO SEGUNDA.— Prorrógase durante         to un Crédito Suplementario en el Presupuesto
                  el período presupuestario 1995 las autorizacio-  del Gobierno Central e Instancias Descentrali-
                  nes excepcionales de gastos a que se refiere el  zadas hasta por la suma de S/. 1,877,2 millo-
                  Decreto Ley Nº 26124, del 24 de diciembre de  nes, de acuerdo a la estructura y montos si-
                  1992, con prescindencia de las normas de aus-  guientes:
                  teridad establecidas en la Ley Anual de Presu-
                  puesto para 1995, exclusivamente para los fi-  INGRESOS:
                  nes de la adecuada aplicación y desarrollo de
                  las medidas de reforzamiento y descentraliza-  Ingresos del Tesoro
                  ción de la Contraloría General de la República.  Público:            S/.  1,746'000,000
                  Asimismo las acciones que demanden mayores
                  gastos serán priorizadas por el Ministerio de
                  Economía y Finanzas en función de sus necesi-  Endeudamiento:        S/.   131'185,207
                  dades.
                                                              Total de Ingresos:       S/. 1,877'185,207
                  DÉCIMO TERCERA.— Deróganse o déjense
                  en suspenso, en su caso, las disposiciones lega-  EGRESOS:
                  les y reglamentarias que se opongan a lo esta-
                  blecido por la presente ley o limiten su aplica-  Gastos Corrientes:  S/. 1,391'900,985
                  ción.
                                                              Gastos de Capital:       S/.  485'284,222
                  DÉCIMO CUARTA.— La presente ley entra
                  en vigencia a partir del 1º de enero de 1995.  Total:                S/.  1,877'185,207
                  Comuníquese, etc."                          En cuanto a los Ingresos del Tesoro, el Crédito
                                                              Suplementario contempla la mayor recaudación
                  Se debate y se aprueba el texto sustituto-  obtenida por los ingresos corrientes en la suma
                  rio, contenido en el dictamen de la Comi-   de mil ciento cuarenta y seis millones de nue-
                  sión de Presupuesto, del proyecto de Ley    vos soles, resultante de la mejora en la situa-
                  de Crédito Suplementario para el ejerci-    ción económica reflejada por la recuperación del
                         cio presupuestario de 1994           aparato productivo y la mayor actividad comer-
                                                              cial registrada a la fecha, así como en las refor-
                  El señor PRESIDENTE.— A continuación,       mas tributarias de los años 1992 y 1993. Dicho



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