Page 19 - Glosario de Términos Parlamentarios
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Max Nicolini Del Castillo



                  finales del siglo XVIII con la revolución francesa y estadounidense y tiene
                  antecedentes en la historia inglesa.

                  ASESOR
                  Persona que da consejo (Por lo general todos los Congresistas necesitan de
                  asesores para poder dictaminar en diversos temas).

                  La  figura  del  asesor  parlamentario  es  usual  en  los  organismos
                  parlamentarios  de  todo  el  mundo.  Se  trata  de  un  técnico  o  profesional
                  especializado en asuntos parlamentarios y sus ramas afines, cuya función es
                  asesorar,  aconsejar,  estudiar,  opinar  y  analizar  los  casos  que  le  son
                  encomendados  hasta  que  éstos  se  encuentren  en  estado  de  trámite  o  de
                  proposición  legislativa.  Debe  ser  una  persona  con  conocimientos
                  profesionales  o  experiencia  en  materia  legislativa,  jurídica,  política,
                  económica  o  social.  La  importancia  y  la  forma  en  que  estos  asesores
                  participan en los trabajos legislativos varía según el contexto político.


                  ASIENTOS
                  (VER ESCAÑO)
                  (DRAE)  Muebles  para  sentarse.  Lugar  que  tiene  alguien  en  cualquier
                  tribunal o junta.

                  ASISTENCIA
                  (Cab.) Concurrencia a un lugar, acto o permanencia.
                        De Ministros;
                        Del Presidente de la República;
                        A sesiones :
                                       De las Comisiones;
                                       De la Junta de Portavoces;
                                       Del Consejo Directivo;
                                       De la Comisión Permanente;
                                       Del Pleno.

                  Los  ministros  de  Estado  están  en  la  obligación  de  asistir  al  Pleno  del
                  Congreso o a las comisiones ordinarias cuando se les invite o cuando son
                  interpelados. También están obligados a asistir a la Estación de Preguntas.
                  El Presidente de la República asiste al Congreso, para dar su mensaje el 28
                  de julio de cada año.
                  Por asistencia a las sesiones tanto del Pleno, como de las Comisiones se
                  entiende,  a  la  obligación  de  los  parlamentarios  para  que  se  presenten  a
                  tratar, de acuerdo con  el Orden del Día previamente elaborado, los asuntos
                  que le son de su competencia.




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