Page 20 - Glosario de Términos Parlamentarios
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Max Nicolini Del Castillo



                  ATRIBUCIONES
                  (Cab.)  Facultad,  potestad  concedida  por  disposición  legal  o  inherente  a
                  determinadas funciones, suele emplearse la voz en plural, por la pluralidad
                  y  permanencia  de  lo  encomendado  o  ejercido,  con  respecto  a  las
                  obligaciones y facultades propias de cada cargo o empleo.
                  Almirante, expresa que la base y el principio de toda buena organización y
                  composición  consiste  en  el  exacto  deslinde,  en  la  variedad  legal  y
                  manifiesta de atribuciones según la diversidad de empleos.
                  (Art. 102º Const.) Son Atribuciones del Congreso:
                      1.  Dar  Leyes  y  Resoluciones  Legislativas,  así  como  interpretar,
                         modificar o derogar las existentes.
                      2.  Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo
                         conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.
                      3.  Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitución.
                      4.  Aprobar el presupuesto y la cuenta general.
                      5.  Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.
                      6.  Ejercer el derecho de amnistía.
                      7.  Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
                      8.  Prestar  consentimiento  para  el  ingreso  de  tropas  extranjeras  en  el
                         territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna la
                         soberanía nacional.

                      9.  Autorizar al presidente de la República para salir del país.
                      10. Ejercer  las  demás  atribuciones  que  le  señala  la  Constitución  y  las
                         demás que son propias de la función legislativa.

                  AUDITORÍA INTERNA
                  Órgano  del  Servicio  Parlamentario, informará  periódicamente  al  Consejo
                  Directivo sobre el estado de la economía del Congreso.

                  AUSENTISMO
                  Se refiere a la falta de los Congresistas a las sesiones de Comisión o del
                  Pleno; el ausentismo no permite que se obtenga el quórum para iniciar las
                  sesiones o para  las votaciones de los asuntos a tratar.

                  AUTENTICADA
                  (VER COPIA AUTENTICADA)
                  Se  refiere  a  la  copia  que  se  entrega  a  las  comisiones  con  el  sello  del
                  funcionario que da fe, que es copia auténtica del proyecto original que se
                  queda en custodia en la oficina de Trámite Documentario.


                  AUTOCONVOCATORIA
                  Capacidad del Parlamento para convocarse o reunirse en legislaturas.




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