Page 20 - Glosario de Términos Parlamentarios
P. 20
Max Nicolini Del Castillo
ATRIBUCIONES
(Cab.) Facultad, potestad concedida por disposición legal o inherente a
determinadas funciones, suele emplearse la voz en plural, por la pluralidad
y permanencia de lo encomendado o ejercido, con respecto a las
obligaciones y facultades propias de cada cargo o empleo.
Almirante, expresa que la base y el principio de toda buena organización y
composición consiste en el exacto deslinde, en la variedad legal y
manifiesta de atribuciones según la diversidad de empleos.
(Art. 102º Const.) Son Atribuciones del Congreso:
1. Dar Leyes y Resoluciones Legislativas, así como interpretar,
modificar o derogar las existentes.
2. Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo
conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.
3. Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitución.
4. Aprobar el presupuesto y la cuenta general.
5. Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.
6. Ejercer el derecho de amnistía.
7. Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
8. Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el
territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna la
soberanía nacional.
9. Autorizar al presidente de la República para salir del país.
10. Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las
demás que son propias de la función legislativa.
AUDITORÍA INTERNA
Órgano del Servicio Parlamentario, informará periódicamente al Consejo
Directivo sobre el estado de la economía del Congreso.
AUSENTISMO
Se refiere a la falta de los Congresistas a las sesiones de Comisión o del
Pleno; el ausentismo no permite que se obtenga el quórum para iniciar las
sesiones o para las votaciones de los asuntos a tratar.
AUTENTICADA
(VER COPIA AUTENTICADA)
Se refiere a la copia que se entrega a las comisiones con el sello del
funcionario que da fe, que es copia auténtica del proyecto original que se
queda en custodia en la oficina de Trámite Documentario.
AUTOCONVOCATORIA
Capacidad del Parlamento para convocarse o reunirse en legislaturas.
19