Page 86 - Manual de Comisiones Investigadoras
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ii.1)  Objeto de la investigación parlamentaria


                                Contiene la descripción del asunto de interés público
                                que  ha sido objeto  de la investigación  y que fue
                                delimitado por acuerdo del Pleno del Congreso al
                                constituir la  comisión investigadora. Es importante
                                consignarlo porque permitirá apreciar la concordancia
                                que debe existir entre este con los actos realizados o
                                información recabada; su análisis y valoración objetiva;
                                las conclusiones y recomendaciones.

                           ii.2)  Documentos remitidos y recibidos


                                Informa sobre los documentos  remitidos y recibidos
                                durante la investigación  parlamentaria.  El cuadro
                                resumen debidamente sumillado se adosa como anexo
                                del informe.

                           ii.3)  Sesiones realizadas


       86                       Se presenta un cuadro de las sesiones realizadas en
                                orden cronológico, precisando su número y tipo. Las
                                actas se adosan como anexos.
         Manual para Comisiones Investigadoras  iii)  Análisis y valoración objetiva de los hechos investigados

                                En la información  de  cada sesión debe indicarse el

                                nombre  de los comparecientes  que asistieron  y su
                                condición jurídica,  los acuerdos adoptados o  actos
                                realizados con la precisión de las personas que hayan
                                resultado comprendidos en estos.





                           Contiene el análisis y valoración objetiva de los hechos e

                           información recabada mediante documentos, informes,
                           declaraciones u otras actuaciones procedimentales propias
                           de la investigación parlamentaria.


                           El  análisis y  valoración  objetiva deben  guardar
                           correspondencia  con la naturaleza  y competencias de
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