Page 86 - Manual de Comisiones Investigadoras
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ii.1) Objeto de la investigación parlamentaria
Contiene la descripción del asunto de interés público
que ha sido objeto de la investigación y que fue
delimitado por acuerdo del Pleno del Congreso al
constituir la comisión investigadora. Es importante
consignarlo porque permitirá apreciar la concordancia
que debe existir entre este con los actos realizados o
información recabada; su análisis y valoración objetiva;
las conclusiones y recomendaciones.
ii.2) Documentos remitidos y recibidos
Informa sobre los documentos remitidos y recibidos
durante la investigación parlamentaria. El cuadro
resumen debidamente sumillado se adosa como anexo
del informe.
ii.3) Sesiones realizadas
86 Se presenta un cuadro de las sesiones realizadas en
orden cronológico, precisando su número y tipo. Las
actas se adosan como anexos.
Manual para Comisiones Investigadoras iii) Análisis y valoración objetiva de los hechos investigados
En la información de cada sesión debe indicarse el
nombre de los comparecientes que asistieron y su
condición jurídica, los acuerdos adoptados o actos
realizados con la precisión de las personas que hayan
resultado comprendidos en estos.
Contiene el análisis y valoración objetiva de los hechos e
información recabada mediante documentos, informes,
declaraciones u otras actuaciones procedimentales propias
de la investigación parlamentaria.
El análisis y valoración objetiva deben guardar
correspondencia con la naturaleza y competencias de