Page 83 - Manual de Comisiones Investigadoras
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i)  Orden lógico


                      El orden lógico garantiza que la estructura argumentativa
                      del informe respecto al análisis y valoración objetiva de
                      los hechos e información obtenida  sea clara y de fácil
                      comprensión.  Para ello,  podría  partirse de lo general a lo
                      particular, de lo abstracto a lo concreto, de lo normal a lo
                      excepcional, de lo sustantivo a lo procesal.

                  ii)   Coherencia


                      La elaboración del informe final debe observar la coherencia
                      formal, utilizar de manera uniforme los términos propios de
                      la investigación  parlamentaria;  y,  también, la coherencia
                      material, para evitar redundancias o contradicciones.

                  iii)  Imparcialidad


                      El informe final no contiene criterios subjetivos, parcializados
                      o especulaciones. Sus conclusiones se sostienen en hechos
                      objetivos acreditados o  respaldados  por los documentos,        83
                      información o declaraciones obtenidas.


              2)  Estructura del informe final de comisión investigadora

                  La  estructura  básica  del  informe  final  de  las  comisiones
                  investigadoras es la que se indica a continuación.                   Manual para Comisiones Investigadoras
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