Page 83 - Manual de Comisiones Investigadoras
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i) Orden lógico
El orden lógico garantiza que la estructura argumentativa
del informe respecto al análisis y valoración objetiva de
los hechos e información obtenida sea clara y de fácil
comprensión. Para ello, podría partirse de lo general a lo
particular, de lo abstracto a lo concreto, de lo normal a lo
excepcional, de lo sustantivo a lo procesal.
ii) Coherencia
La elaboración del informe final debe observar la coherencia
formal, utilizar de manera uniforme los términos propios de
la investigación parlamentaria; y, también, la coherencia
material, para evitar redundancias o contradicciones.
iii) Imparcialidad
El informe final no contiene criterios subjetivos, parcializados
o especulaciones. Sus conclusiones se sostienen en hechos
objetivos acreditados o respaldados por los documentos, 83
información o declaraciones obtenidas.
2) Estructura del informe final de comisión investigadora
La estructura básica del informe final de las comisiones
investigadoras es la que se indica a continuación. Manual para Comisiones Investigadoras