Page 60 - Manual de Comisiones Investigadoras
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acceso a información o al conocimiento de hechos relevantes
para la investigación parlamentaria.
Las fuentes de información pueden ser:
i) Fuentes primarias. Brindan información nueva u original,
relatos de protagonistas o testigos, opiniones de expertos
o trabajos de investigación sobre el tema, recolección de
documentos originales, fotografías, documentos electrónicos
y magnetofónicos, entre otros.
ii) Fuentes secundarias. Resultan de la organización de la
información y del análisis de las fuentes primarias.
4) Análisis y valoración objetiva de los hechos e información
obtenida. La comisión investigadora debe realizar el análisis
conjunto de los hechos e información obtenida y su valoración
objetiva, para obtener el resultado que busca la investigación
parlamentaria. Este aspecto constituye la garantía de los
principios que inspiran el debido procedimiento parlamentario.
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5) Establecer conclusiones y recomendaciones. El resultado de
Manual para Comisiones Investigadoras c) Sesiones de comisión investigadora
la investigación se presenta mediante conclusiones.
Las conclusiones pueden generar recomendaciones dirigidas a
las instancias parlamentarias o entidades de la administración
estatal.
Las comisiones investigadoras desarrollan la investigación
parlamentaria de manera colegiada. Adoptan acuerdos en sesiones
realizadas conforme a las reglas establecidas en el Reglamento del
Congreso de la República.
Las sesiones son reservadas conforme a lo dispuesto por el literal
a) del artículo 88 del Reglamento del Congreso. El quorum para
sesionar es la mitad más uno del número hábil de sus integrantes,