Page 55 - Manual de Comisiones Investigadoras
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esta se determina la existencia de hechos distintos o la presunta
                  participación de funcionarios o servidores no comprendidos, que
                  guardan relación con el asunto de interés público que es objeto
                  de investigación, corresponde solicitar al Pleno del Congreso su
                  ampliación. Para ello, se debe presentar una moción de orden del
                  día sujeta a las mismas reglas y el procedimiento de constitución
                  de comisión investigadora.

              2)  Objetivos de la investigación parlamentaria


                  Los objetivos contenidos en el plan de trabajo guían el desarrollo
                  de la investigación parlamentaria expresando las metas que se
                  propone alcanzar la comisión investigadora.

                  Deben  establecerse  en  forma  concreta  a  fin  de  verificar  su
                  cumplimiento.  La mala formulación  de los objetivos  podría
                  desviar o evitar que se logre el propósito de la investigación.


                  Pueden  establecerse  objetivos  generales  y  específicos  según
                  la complejidad del asunto de interés público que es objeto de la
                  investigación parlamentaria.                                         55

              3)  Reglas de gestión interna de comisión investigadora

                  Toda  comisión investigadora  debe establecer  determinadas
                  reglas internas para el desarrollo de sus funciones que permitan
                  cumplir con el Reglamento  del Congreso de la República
                  y  los principios constitucionales del debido procedimiento          Manual para Comisiones Investigadoras
                  parlamentario. Estas reglas son las siguientes:

                  i)  Acreditar y juramentar a los asesores de la organización
                      y  del  servicio  parlamentario.  Las  sesiones  de  las
                      comisiones investigadoras son reservadas, para garantizar
                      la reserva solo se permitirá el acceso a las sesiones al
                      personal que presta el juramento respectivo:


                      i.1)  El personal del servicio parlamentario  asignado  a la
                           comisión investigadora juramenta  ante quien  ejerce
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