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CONSTITUCIÓN 11
POLÍTICA DEL PERÚ
3. De una comisión investigadora del Congreso con
arreglo a ley y siempre que se refieran al caso
investigado.
4. Del Contralor General de la República respecto de
funcionarios y servidores públicos que administren
o manejen fondos del Estado o de organismos
sostenidos por éste, en los tres niveles de gobierno,
en el marco de una acción de control.
5. Del Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
para los fines específicos de la inteligencia
financiera.
El levantamiento de estos derechos fundamentales
se efectúa de acuerdo a ley, que incluye decisión
motivada y bajo responsabilidad de su titular.
6. A que los servicios informáticos, computarizados o
no, públicos o privados, no suministren informaciones
que afecten la intimidad personal y familiar.
7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad
personal y familiar así como a la voz y a la imagen
propias.
Toda persona afectada por afirmaciones inexactas
o agraviada en cualquier medio de comunicación
social tiene derecho a que éste se rectifique en forma
gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las
responsabilidades de ley.
8. A la libertad de creación intelectual, artística, técnica
y científica, así como a la propiedad sobre dichas