Page 9 - Boletin de la Comisión de Trabajo
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                     DICTÁMENES        DICTÁMENES          LEYES               PROYECTOS DE      PREDICTÁMENES
                     APROBADOS          APROBADOS        PUBLICADAS            LEY ANALIZADOS     EN AGENDA DE
                    EN LA COMISIÓN      EN EL PLENO                                               LA COMISIÓN
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             INVITADOS
             Durante  las  sesiones  ordinarias   realizadas  por   la  Comisión  de Trabajo y Seguridad  Social se  recibieron a los
             siguientes invitados:
                Ministro de Economía y Finanzas.                       Superintendente Nacional Adjunta de la Administración
                Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo             Tributaria y Aduanas - SUNAT.
                Ministro de Educación.                                 Jefe de la Oficina de Normalización Previsional.
                Presidenta Ejecutiva del Seguro Social de Salud - EsSalud.  Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores.
                Secretario General de la Federación Naciona de Sindicatos
                de Trabajadores del poder Judicial, Base la Libertad.





                                               III.  TEMAS






                FORTALECIMIENTO DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD

             En la  Décima Quinta Sesión Ordinaria de la Comisión   y       la     despersonalización,      burocratización    y
             de  Trabajo  y  Seguridad Social, realizada el martes 7   judicialización  de los actos médicos y sanitarios, ha
             de mayo de 2019, se aprobó por mayoría el dictamen    sido       cuestionado      como      fórmula    para    la
             recaído  en   los   Proyectos   de   Ley  0087/2016-CR,   implementación de la Seguridad Social Universal en
                                                                   Salud y ha mostrado sus límites en Colombia.
             0462/2016-CR,      1326-2016-CR,     1851/2017-CR,
             1855/2017-CR,    3915/2016-CR,    3997//2018-CR,      En adición, en el Perú se ha establecido como aporte
                                                                   a través de planilla, el  9% de   la remuneración total.
             4094/2018-CR  y  4095/2018-CR,  que  proponen  la     Cifra bastante menos al 12% de aportes que se tenía
             Ley   que   dispone  medidas  para  el  fortalecimiento   antes de la promulgación de la Ley de Modernización
             del  Seguro  Social  de  Salud (ESSALUD).             de la Seguridad Social. No  obstante,  ello, existen un
             La   protección   social  en  salud   es  definida como un   conjunto   de  distorsiones  tales  como  subaportes e
             derecho   fundamental   en  la Constitución Política del  imposición       de     obligaciones    que    afectan    el
             Perú.   No    obstante,    queda   por   definir   el   marco   financiamiento   de  las  prestaciones  a  las que está
                                                                   obligada ESSALUD.
             normativo  que   concreta  dicho derecho. Así tenemos,   El  dictamen  aprobado  por   la  Comisión  de  Trabajo
             que el año 1997, se promulgó la Ley de Modernización  y  Seguridad  Social  se ha enfocado  en la proposición
             de la  Seguridad  Social,  que   en  la práctica separó la   de  un  conjunto  de  medidas  orientadas a mejorar la
             Seguridad Social en  el  Sistema de  Pensiones (ONP) y   sostenibilidad financiera de ESSALUD como un primer
             en el Sistema de Salud (ESSALUD), abriendo el camino  paso para contribuir con optimizar la Seguridad Social
             para la creación de  las Administradoras  de Fondos de   en   Salud  en  el Perú.
             Pensiones  (AFPs)  y   las    Entidades   Prestadoras   de   La   Constitución  Política  del Perú establece  la defensa
             Salud (EPS).                                         de la persona humana y el respeto de  su dignidad como
             Otro  hito  importante,  durante  el  periodo de Ollanta  fin  supremo  de  la  sociedad  y del Estado (artículo 1), y
             Humala, ha  sido  la  implementación  de las políticas  establece  como   derecho   fundamental  a   la  vida,  su
                                                                  identidad   y  su   integridad  moral  (artículo 2).  Ello   se
             de  aseguramiento  en  salud  con la promulgación de
             la Ley de Aseguramiento en Salud.                    complementa con el reconocimiento del Estado peruano
                                                                  al  derecho  universal  y  progresivo  de toda persona a la
             El  aseguramiento,  modelo  que  consiste  en  crear,   seguridad social (Artículo 10) de la Constitución.
             una entidad financiera y otra prestacional al interior
             de    ESSALUD,   sin    tomar   en    cuenta   que    las   En tal sentido, las  medidas  que  propone  el Dictamen
             consecuencias  son el mercantilismo, la innecesaria   de la Comisión  de  Trabajo y Seguridad Social proyecta
             intermediación  financiera, el  incremento del gasto,   contar con flujos  anuales  adicionales  ascendientes  a
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