Page 154 - Reglamento del Congreso 2012
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CAPÍTULO VII




                                    Régimen Aplicable a los


                                     Parlamentarios Andinos



                Representación de los Parlamentarios Andinos

                Artículo 96. Los representantes peruanos ante el Parlamento

                Andino, representan a la Nación ante el órgano deliberativo de

                la Comunidad Andina y tienen derecho a que se les guardç

                el respeto y se les brinden las atenciones y facilidades que

                corresponden a su investidura.




                Juramento del Cargo ante el Congreso de la República
                Artículo 97. Los representantes peruanos, titulares y

                suplentes, previa a su incorporación al Parlamento Andino,

                tienen obligación de jurar ante el Congreso de la República

                del Perú el cumplimiento de la Constitución Política.




                biforme Anual y Pedidos de Información

                Artículo 98. Los representantes peruanos ante el Parlamento

                Andino mantienen relaciones de coordinación con el Congreso

                de la República. Con esta finalidad presentan ante el Pleno
                del Congreso un Informe Anual de las labores, actividades y

                de la misión cumplida, así como del desarrollo del proceso

                de integración.




                El Informe a  ser presentado, será  aprobado  por los

                representantes peruanos al Parlamento Andino por mayoría




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