Page 154 - Reglamento del Congreso 2012
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CAPÍTULO VII
Régimen Aplicable a los
Parlamentarios Andinos
Representación de los Parlamentarios Andinos
Artículo 96. Los representantes peruanos ante el Parlamento
Andino, representan a la Nación ante el órgano deliberativo de
la Comunidad Andina y tienen derecho a que se les guardç
el respeto y se les brinden las atenciones y facilidades que
corresponden a su investidura.
Juramento del Cargo ante el Congreso de la República
Artículo 97. Los representantes peruanos, titulares y
suplentes, previa a su incorporación al Parlamento Andino,
tienen obligación de jurar ante el Congreso de la República
del Perú el cumplimiento de la Constitución Política.
biforme Anual y Pedidos de Información
Artículo 98. Los representantes peruanos ante el Parlamento
Andino mantienen relaciones de coordinación con el Congreso
de la República. Con esta finalidad presentan ante el Pleno
del Congreso un Informe Anual de las labores, actividades y
de la misión cumplida, así como del desarrollo del proceso
de integración.
El Informe a ser presentado, será aprobado por los
representantes peruanos al Parlamento Andino por mayoría
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