Page 134 - Constitución Política del Perú promulgada el 29 de diciembre de 1993
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DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ESPECIALES
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PRIMERA. El Presidente y los Vicepresidentes de
la República elegidos en las Elecciones Generales de
2000, concluirán su mandato el 28 de julio de 2001. Los
congresistas elegidos en el mismo proceso electoral
culminarán su representación el 26 de julio de 2001.
No son de aplicación para ellos, por excepción, los
plazos establecidos en los artículos 90° y 112° de la
Constitución Política.
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SEGUNDA. Para efectos del proceso electoral que se
realice en el 2001, el plazo previsto en el primer párrafo
del artículo 91° de la Constitución será de cuatro meses.
TERCERA. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
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distribuye los escaños en cantidad de cuatro para Lima
Provincias sin afectar la distribución nacional existente
y los seis escaños restantes conforme a ley.
42 Disposición Transitoria Especial incorporada por Ley 27365,
publicada el 5 de noviembre de 2000.
43 Disposición Transitoria Especial incorporada por Ley 27365,
publicada el 5 de noviembre de 2000.
44 Disposición Transitoria Especial incorporada por Ley 29402,
publicada el 8 de septiembre de 2009.
134 Edición del Congreso de la República