Page 6 - Constitución de 1860: con sus reformas hasta 1900
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nes. La ley deter1nioará el modo de hacer efectiva
esla responsabilidad.
Los Ií'is<'ales son responsables, por acción popular,
si 110 solicitan e1 cumplimiento de lo djspuesto en
este artículo.
Art. 12. )¡adie podrá ejercer las funciones públi-
cns designadas en esta Coustitución, si no jura cum-
plirla.
Axt.. 13. Todo peruano esw autorizado para enta-
blar reclan1acioncs ante e1 Congreso, auto el Poder
Ejecuth·o, ó ante· cualquiera autoridad competente 1
por infracciones tlc la Constitución.
I
TITrLO lY.
Garantías individuales
Art. 14. Nadie está obligado á hacer lo que no
u1anda la ley, ni impedido de hacer lo que ella no
prol1ibe.
Art. 15. Kinguna ley tiene fuerza ni efecto retr0-
activo.
Art. 16. La Jey proteje el honor y la vitla contra
toda injusta agresión; y no pueéle imponer la pena
cie muerte sino por el crímen ele homicidio cali-
fica.do. ( 1)
Art. J 7. No hay ni puede haber esc]avos en la
República.
Art. 1S. Nadie podrá ser arrestado sjn 1I1é.t11<..la-
1uiento escrito ele juez competeuü\ ó ele las autorida-
des encargadas do conservaT el órden i·úblico, ex<.;el_J-
to ínfn1ganti deUto; <lebi.en<lo, en todo caso, ser pues-
to el a.rrcstndo, denLro de veinti<:un.tro horas, á dis-
posición del juzgado que corresponda. Los ejecuto-
(1) Articulos Z31 r 232. Código Peual.