Page 6 - Constitución de 1860: con sus reformas hasta 1900
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           nes.  La ley deter1nioará el  modo  de  hacer efectiva
            esla responsabilidad.
               Los Ií'is<'ales son responsables,  por acción popular,
           si  110 solicitan e1  cumplimiento de  lo  djspuesto  en
            este artículo.
               Art.  12.  )¡adie podrá ejercer las  funciones públi-
            cns designadas en esta Coustitución, si no jura cum-
            plirla.
               Axt..  13.  Todo peruano esw  autorizado para enta-
           blar reclan1acioncs ante e1  Congreso,  auto el  Poder
            Ejecuth·o, ó ante· cualquiera autoridad  competente             1
            por infracciones tlc la Constitución.



                                      I
                                    TITrLO  lY.


                          Garantías  individuales


               Art.  14.  Nadie está obligado á hacer  lo  que  no
            u1anda la ley,  ni impedido de  hacer lo que  ella  no
            prol1ibe.
               Art.  15. Kinguna ley tiene fuerza ni efecto  retr0-
            activo.
               Art. 16. La Jey  proteje el  honor y  la vitla  contra
            toda injusta agresión; y  no pueéle  imponer la  pena
            cie  muerte  sino  por  el  crímen ele homicidio cali-
           fica.do. ( 1)
               Art.  J 7.  No  hay  ni  puede haber esc]avos en la
           República.
               Art.  1S.  Nadie  podrá  ser  arrestado  sjn  1I1é.t11<..la-
            1uiento escrito ele juez competeuü\ ó ele  las autorida-
            des encargadas do conservaT el órden i·úblico, ex<.;el_J-
            to ínfn1ganti deUto; <lebi.en<lo, en  todo caso,  ser pues-
            to el a.rrcstndo,  denLro  de veinti<:un.tro  horas,  á dis-
            posición del juzgado  que corresponda.  Los  ejecuto-


               (1) Articulos Z31  r 232.  Código Peual.
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