Page 5 - Constitución de 1860: con sus reformas hasta 1900
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                                    TITULO III.



                            Garantías  nacionales


               Art.  5?  Nadie puede arrogarse el título de- $Oborn-
            no: el que 1o  hiciere,  co1nete un  atentado  de  lesa
            patria.
               Art.  6?  En la Repúblicn. no se reconocen  empleos
            ni privilegios hereditarios,  ni fueros  personales.  Se·
            prohiben  las  vinculaciones;  y  toda  propiedad  es
            enAgenable, en la fonna que deter1ninan las leyes. (1)
               Art.  7?  Los bienes  de  propiedad  nacional  sólo
            podráu enagenarse en los  casos y la forma q ne  djs-
            ponga la ley, y para; los objetos que ella desi-gne. (2)
               Art. 8?  No pueden imponerse contribuciones sino
            en virtud de una ley,  en  proporción á las facultades
            del contribuyente, y  para el  servicio púbEeo: ... {3r
               Art.  9?  La ley  determina las  entradas y  los gas-
            tos de la Nación.  Do  cualquiera cantidad exigida ó
            invertida contra el tenor expreso  de e1la,  serf1  res-
            ponsable el  que orde11e  la exacción ó  el gasto  inde-
            bido: también lo seri .el  ejecutor, si  no  prueba  su
            inculpabilidad.
               Art.  10 . ..Son nulos los  actos de  los  que  usurpau
            funciones públicas y  los empleos  conferidos sin  los
            rcquisi tós  designados  por  la  Oonsti tución  y  las
            leyes.  ( 4)
               Art.  11.  Todo el que  ejerce cualquier  cargo  pú-
            blico,  es directa é inmed.i~lta1nente  responsable  por
           los actos que practique en  el ejercido de sus funcio-

               (1)  Leyes sobre Yi11culac:iones: n  de Enero de 1880 y  de 15  <le  Diciembre
            de ]:-.fi.1.-ArUculos 1194 y  sign:icntcs del Código Ci\lil.,
               (2)  Código  t;ivil Artlculo  lfi13  al  152.l: 06.djgo  <le E.njni.c-.fa.micnto ar-
           ticulas 15-18 nJ  J554.-Leyes ele 2'2 de Xovien1btc y 22 de Dicfomurc <le 1.MS.
               (3)  Ley de descentralización fiscal Articulo  3Y.-Código Penal Articulo
           130 inciso 2<? y 182.-202.
               ( .J¡)  .Atticulos 166 y 167 del Código Penal r  VI, iuciso 7~  del Regla.mcn to
           de Tnbumtles.
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