Page 34 - Constitución para la República del Perú: Dictada por la Asamblea Nacional de 1919 y promulgada el 18 de enero de 1920
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Artículo 12(1'-Para ser ~lini:-:tro de l~stadu ~t' n:quicrcn las misnms
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calidades persouales que para ser Diputado.
Artíc11/u 127~-I ..... as órdenes y tll'crdL1s del Presidente serán acorda-
dos con cada ::\1 ini..,trc, en ~l~ respectiw,s ramos y se-
rún f irmndo::, por ell1i;-;, sin cttyo requisito no seritn
obedecidos.
A·rtíc11/o 128\'-Los tlinistros ele E~tad11 reunidos inrman el Consejo
de l\linistros. cuya org·ani7.aciún y fm1cion~ se de-
tallarún por ln ley. );o podrú h~ther Mini$tros inte-
rinos. En caso de necesidnd pucdl' el Presiden te e11co-
meucla r a un l\ 1 in istr11 el <les pacho de 1..il ro i-amo por
impedimento del titular, sin qut· este encarg·o se prn-
longue mft:; tiempo del que fija la ley.
Artírnlo 129Q-Cac\a t i inistrn ¡iresentarfL al Congre¡;o Ordinario al
tiempo de :-:u i1i,.-;ta !ación. una memoria en que expon-
ga el estado de los distintos rarnos ele su despacho. y
en cualc¡1tier ti~mpo los informes (Jne se 1~ pidnn. El
1lini«tro dt' Haeicnda prescntarú además la Cuenta
Genera.! de la Rcptíhlica cnrrcspnndicntc al año ante-
riur ~· el Presupuesln del siguiente Cc,11 la aprohació11
del Consejo de 1 finistros.
La presenlación de ambos documentos deue ef et-
tua rse precisamente en el mes de agustn ele cada ;iñü
y su omi,ión hará responsable a tndn el Gabinete.
Artículo 130'·'-Lus :vlinistrus, de acuerdo con el P residenle de la Re-
pública. pueden presentar al Congreso en todo tiemp11
los proye<:tM de Jcr que- jt1zg-ueu conv-e11ientes y con-
currir a los debates dc las Cámaras; pero deben reti-
rarse anll:s de In votación.
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Artículo 131 - Las funcione::. dt Diputad11 ,i de Senador quedan sus-
pendidas mientras el que las ejerza desempeñe un Mi-
nisterio.
Artículo 132Q-Los i\·linistros spn responsables solidariamente por Ja5
resobciones dietadas en Consejo si no salvasen sus
votos e individualmente por los· actos peculiares a '-11
Departarnentn.
Artíc11/o 133•-I\"o pueden continuar en el dt:~empeoo efe sus ct1rtenu