Page 16 - Revista Institucional del Congreso de la República, 4ta Edición
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LA PRESIDENCIA DEL CONGRESO


                     El presidente del Congreso tiene las siguientes funciones y atribuciones:


                  a.  Representar  al  Congreso, a nivel nacional e internacional.


                  b.  Presidir las sesiones del Pleno del Congreso, de la Comisión Permanente y de
                      la Mesa Directiva, concediendo el uso de la palabra, haciendo guardar el orden
                      y dirigiendo el curso de los debates y  las votaciones, conforme al Reglamento
                      del Congreso.


                  c.  Garantizar  el  ordenamiento  jurídico  de  la  Nación  y  el  Reglamento  del
                      Congreso, así como proteger los derechos y atribuciones de los congresistas y
                      los diversos grupos parlamentarios.


                  d.  Firmar, con uno de los vicepresidentes, las autógrafas de las leyes para ser
                      enviadas  al  Presidente  de  la  República  para  su  promulgación.  así  como
                      ejercer  la facultad de promulgar las leyes a que se refiere el primer párrafo

                      del  artículo  108  de  la  Constitución  Política. También  firma  el  Reglamento
                      del Congreso, las autógrafas de las Resoluciones Legislativas, los acuerdos
                      del  Congreso  y  las  normas  reglamentarias  para  su  publicación,  como  las
                      resoluciones administrativas que le correspondan en su calidad de titular del

                      pliego presupuestal y los documentos oficiales a que haya lugar.

                  e.  Someter a consideración del Pleno del Congreso los proyectos de Presupuesto
                      y  Cuenta  General  del  mismo,  e  informar  al  Consejo  Directivo  sobre  los

                      procesos de licitación de obras y adquisición de bienes y servicios por cuenta
                      de los recursos presupuestales asignados al Congreso.

                  f.  Someter  a  consideración  del  Consejo  Directivo  la  agenda  de  las  sesiones

                      del Pleno y de la Comisión Permanente, el cuadro de conformación de las
                      Comisiones  y  de  la  Comisión  Permanente  y  cualquier  plan  o  proyecto
                      destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones y la productividad
                      del Congreso.


                  g.  Exigir u ordenar a los órganos del Gobierno y de la administración en general
                      para que respondan los pedidos de información remitidos por los congresistas,
                      de conformidad con lo que dispone el artículo 96 de la Constitución Política.





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