Page 14 - Revista Institucional del Congreso de la República, 4ta Edición
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Quorum
y Mayorías
Para efecto del cómputo del quórum y la verificación del resultado de las
votaciones en los casos en que se exigen mayorías especiales, se tendrán en
cuenta los siguientes conceptos:
Número legal de congresistas: ciento treinta (130). Número hábil de congresistas:
el número legal de congresistas menos el número de congresistas que se
encuentren de licencia acordada por el Consejo Directivo, los que se encuentren
suspendidos y los no incorporados. Para este efecto se considera con licencia a
todo congresista que esté fuera de la capital de la República, internado en clínica
u hospital o enfermo en su domicilio con certificado médico en el momento de
hacer el cómputo correspondiente, aún si no la hubiere solicitado.
El quórum para la realización de las sesiones del Pleno es la mitad más uno del
número hábil de congresistas. No se incluye en el número hábil a los congresistas
autorizados a asistir a una Comisión en las oficinas del Congreso, conforme al
artículo anterior. Cuando exista duda sobre el número de congresistas presentes
en la sesión, cualquier congresista puede solicitar que antes de la votación se
verifique el quórum.
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