Page 353 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de Toribio Rodríguez de Mendoza
            todo lo qual doy feé y también la doy de que el Señor otorgante se hallava en pie
            y según me pareció en su entero juicio, memoria y entendimiento natural, por
            las preguntas que le hice y contestaciones que dio, instruyéndose de aquel poder
            y dictando este documento, por el orden de aquel = Enmendado = Setecientos =
                    Toribio Rodríguez de Mendoza
                    Gabriel Deoro
                    Félix Lazo
                    Mariano Navarro
                    José Antonio de Cobian
                    Escrivano Real


                  CODICILO DEL SEÑOR DOCTOR DON TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA:


                    En la Ciudad de Lima, Capital de la República del Perú, en seis dias
            del mes de Junio de mil ochocientos veinte y cinco, ante mí, el escrivano y
            testigos, el Señor Doctor Don Toribio Rodríguez de Mendoza Canónigo Lec-
            toral de esta Santa Iglesia Metropolitana, Rector actual de la Universidad de
            San Marcos y Catedrático de Sagrada Teología en ella, natural de la ciudad de
            Chachapoyas hallándose gravemente enfermo, aunque en pie y con su ente-
            ro juicio, memoria y entendimiento natural, bajo la protextación de nuestra
            Santa fé Católica que hace y tiene hecha dándola a mayor abundamiento aquí
            por incerta, según y como se contiene en el poder para testar que otorgó en
            esta ciudad en treinta y uno de Marzo de mil ochocientos diez y ocho, y en el
            instrumento o codicilo que igualmente otorgó en esta misma ciudad en veinte
            y siete de Mayo de mil ochocientos veinte y quatro, ratificando y modificando
            en este, algunas clausulas de aquel, uno y otro ante mí, los que ahora ratifica; y
            teniendo que agregar a ellos otras clausulas que le han ocurrido para el mayor
            esclarecimiento de su disposición dijo:
                    Que otorga por el tenor de la presente por vía de Codicilo e instrumento
            que mas convenga y haya lugar en derecho para su mayor firmeza y validación,
            que quiere se guarde cumpla y execute lo contenido en aquellos y lo siguiente:
                    la. Primeramente declara para que lo declaren sus Albaceas, que a su
            sobrina Doña María Manuela y Subíate, le cedió verbalmente en meses pasa-
            dos una sambita nombrada Manuela Bardales su esclava, y habiendo salido
            esta defectuosa para el servicio de su mencionada sobrina, la vendió el Señor
            otorgante y en la actualidad se la repone con otra llamada Mercedes de edad



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