Page 285 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de Toribio Rodríguez de Mendoza
            o borrados de la memoria común, el olvido; por eso una de las principales
            atenciones de esta casa, deve ver que en ellas se formen unos Republicanos,
            en quienes no haya vestigios de estos vicios, para que haciéndose amables al
            común de las gentes, que de contrario resulta a la sociedad, y la ruina de las
            almas que de los que hacen aviso y naturaleza la procacidad y deseando de
            proveer de oportuno remedio á daño tan pernicioso, mando que se excusen
            aun en privados congresos conversaciones de familias, y comparaciones de
            linages descubriéndose defectos unos á otros en inteligencia, que el que fuere
            comprehendido en esta falta será castigado con severidad á arbitrio del supe-
            rior que se la justificará. Ninguno osará desnotar a otro o decirle en su cara
            algún dicterio difamatorio apodo o mal nombre que le cause pesadumbre,
            estando cierto que el que cometiese tan grave demana se le corregirá con los
            dos días de reclusión y cosas aflictivas penitencias que el Rector tuviere por
            bastante hasta expulsarle de este Real Colegio si se le provare incorregibilidad
            o despecho.


                                          DEL JURAMENTO

                    Ninguno por motivo de porfía ni por otra causa usará jurar por el
            Santo nombre de Dios por Maria Santísima, por los Santos, ni por otra cria-
            tura, y mucho menos usará alguno usar maldiciones, ni execraciones, por que
            además de ser este estilo ageno, de todo hombre de buena crianza y muy gra-
            voso a la conciencia, induce una nota de ridiculeza, que hace despreciables
            enteramente a los sugetos que así proceden, siendo justamente tenidos por la
            falta de Religión, y mentirosos, al paso que mas juran; por esto al que fuere
            comprehendido en estas viciosas loquacidades sera castigado severamente á
            arbitrio del Rector sin que le sea excusa decir que juró con verdad porque esta
            sin grave necesidad, y mandato de superior no hace licito el juramento.


                                       DE LA DESHONESTIDAD


                    Nadie osará decir palabras impuras, ni hacer acción alguna contra la
            honestidad, vicio tan abominable en esta real casa, que no se admitira par-
            vedad de materia, la mas leve falta sera corregida sin distinción de personas,
            grados clases ni edades. No se señalan penas porque no habrá alguna que se
            excuse con proporción a la gravedad del delito, que tanto se desea en esta casa



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