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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de Toribio Rodríguez de Mendoza
Protomedico cuyo dictamen, estendido en su Informe, es de toda preferencia,
con todo nombro en cumplimto. de lo mandado a Don Felipe Boch, para que
lo reconosca, y certifique con la claridad qe. la materia pide y para ello.
A V.S. pido y suplico se sirba haverlo por nombrado al dicho sirujano,
Dn. Felipe Boch, para que aceptando, y jurando proceda al reconocimiento
de dicho esclabo, y certificación de su buena salud, y mandar se notifique al
Padre Admor. del Hospital, nombre dentro de segundo dia Perito, que por su
parte igualmente lo reconosca bajo de apercevimiento que pasado no hacién-
dolo, se nombrara de oficio como es de justicia etcetera.
Otro si a V.S. pido y suplico se sirva mandar que los dichos Peritos
expresen baxo de Juramento en la certificación que hayan de estender como
es cierto, y verdad, que si el esclabo, huviera recibido el golpe en la parte que
dize, y formadosele tal tumor no se huviera restablecido a una sanidad tal, que
haya podido trabaxar en todos destinos el de cocinero en el Colegio de Sn.
Carlos, en el Oratorio de Sn. Pedro sufrir el de una Panadería, como lo tengo
probado en los Autos, y en el rigor del invierno, andar por las calles vendien-
do tamales, hasta mas de la media noche, llebando el peso de la canasta en la
cavesa como es notorio, y vivir el largo tiempo de nuebe años que han corrido
pues assi es de justicia ut supra.
Francisco Alvares de Ron
En la ciudad de los Reyes del Perú en veinte y nueve de Julio de mil
setecientos noventa y cinco. Ante el S. D. D. Juan José Negron Abogado de
esta Rl. Auda. Juez Ordinario del Sto. Oficio, Examor. Sinodal, Cura Rector de
la Parroqa. de Santo, del Cercado, Provor. y Vicario gral. de este Arzobdo., se
leyó esta petición.
Y vista pr. S. S. en lo principal de este escrito, dixo que había y hubo
por nombrado al sirujano Perito qe. se expresa, y mando qe. aseptando y ju-
rando en la forma ordinaria proceda a hacer el reconocimto. del esclabo que se
expresa, asociado con el que se nombrase por la otra pte. a la que se le notificará
lo execute dentro de segdo. dia. Y al otro si: asi mismo mandó qe. los sirujanos
qe. practicacen el dho. reconosimto. se estiendan en sus certificaciones según, y
como se pide, lo que se verificará con citación de la otra parte; y lo firmó.
Dr. Negron Ante mi
Francisco Gutierres Gallegos
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