Page 110 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Volumen 1
Documentos varios sobre el juicio del esclavo Domingo de 1795
En la Ciudad de los Reyes del Perú en treinta y uno de Julio de mil
setecientos noventa y cinco. Yo el prete. Notario, notifique e hice saber el Auto
de la buelta al Ber. José Manuel Valdez, sirujano de esta ciudad en su persona,
qn. Impuesto en lo contenido; dixo: Que aseptaba, y aseptó, el nombramto. qe.
pr. el se le hace de reconocer al esclabo sugeta materia; y juró por Dios Nro.
Sor. y una señal de Cruz según dro. de hacer bien y fielmente el tal reconosim-
to. sin agrabio de partes a su leal saver, y entender; si asi lo hiciere Dios Nro.
Sor. le ayude, y de lo contrario se lo demande, y a la concluon. de dho. juramto.
dixo si juro y Amen; y lo firmó; doy fé.
Br. José Manuel Valdes Andrés Calero
N.P.
Sor. Provor. y Vicaro. Gral.
Don Franco. Alvarez de Ron en nre. del Dr. Dn. José Maro. Cardona,
Cura y Vicaro. de la Docta, de Sn. Pedro de Casta, en los Autos con el Pe.
Dn. Anto. de la Xara Quemada, sobre la rehivitoria, de un negro nombrado
Domingo con lo demas deducido Digo: qe. haviendo mandado V.S. qe., para
mejor proveer, se hiziese nuebo reconocimiento del esclabo, por los facultati-
bos que las partes nombrasen se hizo assí saver. Mas como en el intermedio se
le tomo al negro una declaración que pa. en parte de prueba, se havia pedido,
ha expresado este que efectivamente se le desapareció el tumor, pero que por
lunas siente algún dolor en la parte, o como el se explica latidos. Ya se vee la
supocicion con que procede pues a pretextos de enfermo quiere vivir como
libre, y hacer droga algunos dias de jornales: pero como pueda también en
esta especie proceder sujerido como lo persuade el no haver dicho nada de
estos latidos al Protomedico quando lo reconocio, y encontró sano y fuerte,
según lo acienta en su Informe de f. combendrá que los Peritos nombrados pa.
el nuebo reconocimto. expongan en el dictamen que estiendan si es verocimil
que disuelto el tumor es regular hayan quedado tales latidos, y si ellos ama-
guen algún daño grave en que lo hagan menos valer: Que si despues del trans-
curso de catorce o quinse años de un golpe puede tener resultas que indusca
probablemte. la muerte causando la principal, necesaria, y determinadamen-
te. Igualmente expongan si en el caso de ser ciertos tales latidos pudiera man-
tener un semblante, y exterior tan robusto, concerbar tantas carnes y ocuparse
en trabajos fuertes y continuos, sin novedad alguna en la salud, Por lo qual.
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