Page 83 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
                    Nuestro Señor guarde a Usted muchos años como le decea su más
            afecto Capellán quien con verdad la estima.
                    Briseño (Rubricado).


                    (Hoja inserta)
                    A mi Señora Doña Juliana Beytia su mexor salud en Pachas.
                    (Al margen)
                    Huánuco Abril 24 de 1812. Se remite al Comandante de la Expedición
            de Huamalíes Don Miguel Maíz, para que por el mérito de lo representado
            por esta parte le administre justicia con arreglo a mi Comisión y lo grave de la
            materia en virtud de este Decreto de Despacho. Gonsales (Rubricado). Ante
            mi: Nicolás Ambrocio de Ariza (Rubricado) Escribano de Su Magestad.


                    Señor General en Gefe y Governador Yntendente.
                    Doña Juliana Beitia, conjunta persona de Don Pio Mirabal, vecinos del
            Pueblo de Pachas, Provincia de Huamalíes, con la venia nesesaria en derecho
            como acredita el papel número 1. en forma solemne acompaño ante Vuestra
            Señoría según corresponda, y haya lugar digo: Que el sitado mi Marido se
            halla capturado en su persona y embargado con Generalidad en todos sus
            vienes en el Pueblo de Pachas por dispocisión de Don Miguel Francisco Mays,
            comandante del Reximiento de Fronteras de Tarma y de la Tropa que se ha di-
            rigido en socorro por Vuestra Señoría a la Provincia de Huamalíes: Este Gefe
            sorprendido con antelación, de nuestros enemigos por sus falsos informes, no
            ha echo más que cumplir devidamente sus encargos: Mas como la defenza es
            permitida por todo derecho sin formar queja directa contra este noble Militar;
            Por esto es que ocurro a la rectitud acreditada de Vuestra Señoría para que
            oyda la rasón en que me fundo se sirva determinar que la causa sobre el delito
            que se le imputa sea examinado con aquella independiente caridad; propia a
            la vindicación sincera de que está obligado un basallo fiel que se ve tildado
            negramente con la malicia de sus émulos en una materia que por todo aspecto
            infama; de aquí es que fundada mi solicitud a su nombre en estos principios,
            aspire a que o bien reo sea castigado, o vien inocente sea suelto y satisfecho en
            la denigración con que se la infama.
                    Yo adbierto aunque con cortedad de alcance, que esta materia es su-
            mamente escrupulosa, y que qualquiera sombra por leve que sea que aparesca
            obscurece mas clara luz, por que siendo tan grave la Justificación de los Jueses



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