Page 568 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen  3
                                      Autos criminales contra las personas involucradas en el saqueo de Huánuco
                    (En blanco).
                    Señor Jues Comicionado por el Señor Governador Yntendente.
                    El Fiscal nombrado por Vuestra Merced en este recto Jusgado parece y
            dice: Que vistos los Autos de 1° 2° y 3° Quaderno se hallan en el escutrinio de
            ellos las personas concurrentes al Saco ejecutado el 23 y 24 de Febrero ultimo,
            procsimo pasado por los Ynsurgentes Yndios de las poblaciones en esta Pro-
            vincia y Ciudad acompañados, con los de Panataguas; los quales han cometi-
            do los delitos en dos maneras, una de violencia y fuersa que pone el derecho la
            que se llama Publica porque se comete con armas, y otra se nomina privada, ó
            particular que se hace sin ellas; esta fuersa se hace y comete en los casos, uno
            de ellos es quando junta turba, ó multitud de hombres armados para hacer
            daño a otros para quitarles las vidas ó prenderles que llaman asonadas; y asi
            mismo los que hurtan cosas de las casas que se queman o prohiben la libertad
            de ellas, robando ó talando mieses, deben satisfacer con el quatro tanto, y no
            haviendo vienes han de ser castigados corporalmente, y si alguno muriese
            en la pelea, a de morir el principal autor de las asonadas. Asi mismo los que
            para robar quebrantare caza agena e hiciese fuerza con armas y acompañado
            de Gente, deve ser condenado a muerte, esto es por la fuersa Publica que con
            Armas y violencia quebrantan las Casas;
                    Vistos pues el cuerpo y volumen de dichos Autos se encuentra en ellos
            que los de la reunion en el primer Quaderno son los que se contienen en la no-
            mina concitados en dichos Autos, y como ejecutaron uniblemente el esfuerso,
            deben sufrir la misma pena que los primarios insurgentes por la imbacion
            cometida.—
                    Pasemos al segundo Quaderno y se hallaran en las foxas sitadas de su
            folio los Careos resultibos de las confesiones que se les tomaron a los delin-
            quentes incursos en lo efectivo de lo que interceptaron - Y asi mismo se hallan
            varios sujetos recargados en un mesmo delito (como los primarios) respecto
            a que varios de esta Ciudad que constan de la nomina en el cuerpo de los Au-
            tos son incursos en el saqueo que hicieron como consta de sus combencidas
            declaraciones: Pues aunque los unos tiran a encubrirse, con la negativa; pero
            de los Careos que se les ha echo resultan ser combictos reos en el latrocinio,
            y merecen la aplicacion de las mismas penas que igualmente deven sufrir en
            sus personas y vienes como tales reos, y porque el castigo sea igual como
            les corresponde y con el se exemplifiquen otros en lo subcecibo veance sus
            confesiones respectivas y el comvencimiento irrefragable que les han echo



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