Page 387 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
            de la ley, y es de mas de sesenta años y por no saber escrevir firmó a su ruego
            uno de los testigos con quienes actuo a falta de Escribano.
                                      Fernandes (Rubricado).
                 A ruego de la declarante y como testigo: Josssef de Arze (Rubricado).
                              Testigo: Sebastian Ramirez (Rubricado).


                    (Al margen)
                    Ratificacion. 17° de Maria Visenta Garay.
                    Ynmediatamente comparesio Maria Visenta Garay, natural del Pueblo
            de Caxas, y residente en esta Ciudad hace como tres años, de quien resivi Ju-
            ramento por Dios Nuestro y una Señal de Cruz segun derecho, vajo del qual
            ofresio desir verdad en todo lo que supiese y fuese preguntado, y haviendolo
            sido al tenor de lo relacionado por Asencio Ricardo, y Manuel Caxas en sus
            declaraciones de fojas y fojas, en las quales se encuentra citada, dijo: Que en
            la tarde del Domingo 23 fue rogada por el espresado Manuel Caxas, para que
            entrace en la tienda del Difunto Don Nicolás Quintana, con el destino de sa-
            car alguna ropa, y efectivamente se introduxo por una bentana rota que cae al
            Saguan de la casa del finado Don Manuel Castañeda por donde arrojó al dicho
            Caxas algunas Posturas de ropa de color del uso del finado Don Nicolas, y una
            Capa de Paño de grana nueba, pero no sacó generos algunos porque ya no los
            havia, y si guardó como sinco pesos en moneda acuñada, los mismos que le
            quitaron los Yndios haciendole pedasos la camisa que tenía vestida; Que ex-
            pelida y desnudada por dichos Yndios salio por la misma ventana y se retiró
            llena de varro a su Casa, de donde no volvio a salir hasta despues de concluido
            el saqueo; que las unicas personas que conocio en compañía de los Yndios, y
            tomando parte en el rovo, fueron un hijo de la Secilia del Batan, y Jose Am-
            pudia, que es todo lo que puede declarar en verdad so cargo del Juramento
            prestado, en que se afirmó y ratificó que no le tocan las generales de la ley, y es
            de edad de mas de veinte y seis años, y por no saber escrevir firmó a su ruego
            uno de los testigos de mi actuacion a falta de escribano.
                                      Fernandes (Rubricado).
                A ruego por la declarante y como testigo: Josssef de Arze (Rubricado).
                              Testigo: Sebastian Ramirez (Rubricado).









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