Page 383 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
P. 383
Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
violencia el enboltorio que llevava, y sólo pudo salbar el declarante las alajas de
valor que havía guardado en su faltriquera, las mismas que bolvió a Don José
Miravalles, por serles pertenecientes después del arrivo del Señor Governador Yn-
tendente, como también lo executó el indicado Prior por lo respectivo a las tres
especies de que se apoderó, en virtud del aviso que dio el que declara al enunciado
Don José Miravalles. Que no tomó otra cosa mas de lo referido, pero si vio que
participaron del rovo y fueron cómplices en él los individuos que comprende la
Nómina que acompaña a su escrito de fojas: que Vitorio Salaya hiso varios viajes
de las tiendas á su Casa llevando atados de efectos de vastante vulto que quisá
comprenderían plata y alajas; que así mismo Gregorio Ayala, cargó como medio
costal de lo rovado, y no sabe el declarante que cosa fuesen; que Juan Sotelo, pasó
para su Casa con porción de Géneros, de que no conosio el declarante mas de
medias, cordovanes y botas fuertes; que a José Espinosa sorprendió el que declara
en su misma Casa con ocho ó dies varas de Paño fino color de Café; que Felis
López, llevava en un Poncho porción de mais, y dentro del un par de botas fuertes,
o candilla, y no sabe si algunos otros efectos; que María Florencia Rosales sacó a
presencia del que declara de la rienda que estaba a cargo del finado Don Gabriel
Albraldez, y por entre los Yndios, acompañada de su hija como catorce o diez y
seis aras de casimir blanco; que quandó el declarante salió por el saguán de la Casa
de don Cayetano Arteta vio a Gabriel Echavarria hijo del loco que llevaba también
un atado de Generos que no pudo conoser por haver dado inmediatamente la
buelta asi a la calle que llaman de la Plasa antigua.
Que lo que lleva declarado es quanto save y desir puede en verdad so
cargo del juramento que ha prestado, y en ello se afirmó y ratificó leydo que le
fue de principio a fin; que no le comprenden las generales de la ley, que es de
edad de veinte años y firmó conmigo y los testigos de mi asistencia a falta de
Escribano.
Fernandes (Rubricado).
Jose Manuel Unidia (Rubricado).
Testigo: Sebastián Ramírez (Rubricado).
Testigo: Josssef de Arze (Rubricado).
382