Page 392 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen 3
Autos criminales contra las personas involucradas en el saqueo de Huánuco
en su poder por haverselas llevado de su casa los Yndios de Paucarbamba,
juntamente con ocho ollas de manteca que eran pertenesientes a Doña Tri-
nidad Sotelo; Que su compañera Jacoba sacó de la propia tienda unos rengos
é igualmente Garbansos, y arros, y que no puede estenderse á mas de lo que
tiene declarado, por que no sabe otra cosa con verdad so cargo del Juramento
prestado en que se afirma y ratificó; Que no le tocan las generales de la ley y
es de edad de dies y ocho años y firmó á su ruego por no saver hacerlo uno de
los testigos de mi asistencia á falta de escribano.
Fernandes (Rubricado).
A ruego de la Declarante y como testigo: Josssef de Arze (Rubricado).
Sebastian Ramirez (Rubricado).
(Al margen)
Ratificación. 24° de Ubalda Campos.
Consecutivamente comparesio la Panadera Ubalda Campos, de quien
recivi Juramento por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz segun derecho,
prometiendo decir verdad en quanto supiese y le fuese y le preguntada, y ha-
viendolo sido en conformidad de la cita que comprende la declaracion de fojas
de Doña Ubalda Espinosa, dijo: Que es falso la compra de la Piesa de Bretaña
que se dice haver echo al entenado del Sapatero Pasa, y que aunque éste le
llevó en venta un pedaso de sera para que la tomase en seis reales, repugnó la
declarante la celebracion de semejante contrato; que quando se experimentó
el Saqueo se hallava enfermo su ermano Lorenso Campos, y hasta haora no
se ha restablecido, por lo que es visto que no pudo haver participado de los
rovos; que lo que ha declarado es lo unico que sabe en verdad vaxo del jura-
mento prestado y en ello se afirmó, y ratificó, que desde luego le comprenden
las generales de la ley por ser hermano del expresado Lorenso, pero no por
eso mira con poco respeto lo sagrado del Juramento que es de edad de mas de
sesenta años, y por no saber escrevir firmó a su ruego uno de los testigos de
mi actuacion a falta de escribano.
Fernandes (Rubricado).
A ruego de la Declarante y como testigo: Josssef de Arze (Rubricado).
Sebastian Ramirez (Rubricado).
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