Page 387 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            unido Vuestra Señoría con nosotros pase o entre a tomar poseción como ab-
            soluto dueño de esta Ciudad y su provincia, en cuanto ocurre y aga Vuestra
            Señoría lo que mas combenga y con advertencia que para el remedio de todo
            esto ya tenemos echo despacho al Señor Birrey de Lima de donde aguardamos
            probidencias eficases para con ellas cortar el cáncer de las percecusiones que
            oy nos amagan por dichos señores europeos: Es cuanto el que devo contes-
            tar a la de Vuestra Señoría que hoy de la fecha acabamos de resibir. Buelvo a
            suplicar a la acrisolada atención de Vuestra Señoría que como gefe principal
            determine todo lo faborable en este asunto.
                    Dios Nuestro Señor guarde la vida de Vuestra Señoría los muchos
            años que le deseamos = Los Alcaldes José Calisto = Mariano Silbestre — José
            Andres = Patricio Martines = Santiago Bautista = Onorato Callán = Balentín
            Celastico — Juan Antonio Paulino — Juan de Dios Bela— Alejandro Chogar
            — Pedro Atanacio — José Sebastián — Pedro Cachaparán — Juaquín Rosas
            = Juan Lorenso — José Ylario — Pedro Ysidro — José Sebastián — Manuel
            Arratia — Manuel Beraon — Pedro Almenzor — Felis Pardave — Esteban
            Puri — Juan Silbestre — José Manuel y el último Alcalde.
                    Asencio Bailón (Rubricado)


                    Campamento de Ambo y Marzo 13 de 1812.
                    Por recibido: contesteseles en los términos que corresponde, y agré-
            guese a los de su materia, con copia de la contestación. Gonsales (Rubricado).
            Travitaso (Rubricado). Juan de Dios Gallardo, Secretario (Rubricado).

                    Al centro de la página): A
                    Alcaldes de los Pueblos de Huánuco y Panataguas — Copia.
                    He recivido vuestra contestación y enterado á fondo de quanto me
            exponeis en ella, devo deciros: que no es suficiente el fundamento que alegais
            para indemnisar los hechos que haveis executado contra los españoles; despo-
            jándolos de propia autoridad, y con violencia de sus bienes, y hogares adqui-
            ridos en esa Ciudad. Si alguno de ellos, os havían oprimido, y usurpado los
            vuestros, según lo dais a entender, havía autoridades superiores ante quienes
            interponer vuestras quexas, y perseguir vuestras injurias, y agravios. Deviais
            havérmelo participado por los medios legítimos á fin de alcanzar el verdadero
            remedio; pero el haveros constituído jueces de vuestra propia causa, despre-
            ciando la salvaguarda de las Leyes, y los derechos sagrados de propiedad, y



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