Page 520 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
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Volumen 1
Decreto de restablecimiento del Consejo de Indias y nombramiento de Baquíjano
conocimientos particulares que su administración exige, he venido en res-
tablecer el citado Consejo: el cual continuará por ahora con las atribuciones
que tenía en 1° de Mayo de 1808. Constará como en los últimos tiempos de
tres salas permanentes, dos de Gobierno y una de Justicia, y se compondrán
de los Ministros que se expresan en nómina rubricada de mi real mano. Y
por cuanto no conviene que se aumente el número de plazas, fijado en él, de
cinco Ministros de Capa y Espada por reales decretos de 13 de marzo de 1760
y 25 de agosto de 1785, y de catorce Ministros Togados, dos Fiscales, también
Togados, dos Secretarios y un Contador establecido por los de 29 de julio de
1773, 26 de febrero de 1776, 6 de junio y 11 de marzo siguientes; quiero que se
observen estos decretos llenándose el numero de los Ministros de esta clase,
y quedando desde ahora suprimidas las plazas que había de más en la otra,
según que fueren vacando, y que siempre haya en él algunos Ministros que
sean naturales de Indias. Puesto el Consejo en ejercicio meditará sobre las no-
vedades que en aquellos dilatados y recomendables dominios se han originado
de las grandes y extraordinarias ocurrencias acaecidas en la metrópoli, y me
propondrá lo que crea conveniente para que se establezca allí el mejor orden,
y fomentar su bien y prosperidad. Tendréislo entendido, y lo comunicaréis a
quien corresponda. Madrid 2 de Julio de 1814. Señalado de la real mano de S.M.
A D. Miguel de Lardizábal y Uribe.
Nómina de los Ministros de que han de componerse las tres Salas de
mi Real y Supremo Consejo de las Indias, salva la antigüedad que a cada uno
corresponde.— Sala primera de Gobierno. — El Duque de Montemar, Presi-
dente.— D Miguel Calixto de Acedo.— D. Francisco Requena.— D. Josef Pablo
Valiente.— D. Antonio Gámiz.— D. Antonio López Quintana.— D. Francis-
co de la Vega.— D. Francisco de Arango.— D. Francisco Ibáñez Leiva. — D.
Juan Gualberto González, Fiscal.— D. Esteban Varea, Secretario.— Sala segun-
da de Gobierno.— D. Pedro Aparici.— Conde de Torre-Múzquiz.— D. Ignacio
Omulrián.— D. Cayetano Urbina.— D. Juan Robledo.— D. Francisco Xavier
Caro.— D. Josef Aicinena.— D. Antonio Calderón, Fiscal.— D. Silvestre Collar,
Secretario.— Sala tercera de Justicia.— D. Ramón de Posada.— D. Francisco
Josef Viaña.— D. Joaquín Mosquera.— D. Antonio Salcedo.— Conde de Vista-
florida.— Contador general, que no ha de ser Ministro de la tabla, D. Josef Manuel
de Aparicio y Prado. Madrid 2 de Julio de 1814.— Señalado de la real mano de S.M.
FUENTE: Decretos del rey don Fernando VIL Año primero de su restitución al trono de las Espa-
ñas... por don Fermín Martín de Balmaseda, tomo I.— Madrid, 1816, pp. 107-109.
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