Page 368 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
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Volumen  1
                                                                Lección sobre la ley 39 de Pánfilo
            voluntad con palabras abiertas, como en el ejemplo del testador sobre el que
            habla PAULO  cuando dice: «Había legado a su esposa ciertas cosas en tes-
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            tamento; de este modo, para que no reclamara la dote de los herederos, como
            dedujo JERONIMO BORGIA».
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                    Y este cuestión es para explanar el principio de nuestra ley acerca del
            fideicomiso dejado sin la fórmula acostumbrada; para la que [en el] parágrafo
            1 se añade otra sobre la fuerza del fideicomiso dejado por Gayo Seyo en pre-
            sencia de sus amigos, invitados a esto, sobre preferir a la fuerza de las palabras
            la voluntad por su fuerza de expresión, que el testador en lo sucesivo tiene
            fijada respondiendo esto; lo más (máxime). Temo, sin embargo, que no ha de
            faltar alguien que desapruebe también mi exposición sobre esto que fuera la
            totalidad en las partes de la ley, más aún que sobre la otra cuestión parágrafo
            2, refutada por SCEVOLA, sobre la sustracción, de lo comentado en el caso
            allí expuesto, dispute algo ciertamente.
                    Reconozco sanamente que en el fondo ha sido abundante mi prolijo
            tratado. Ignoro, sin embargo, totalmente por qué se ha de considerar esto un
            vicio mío cuando es juzgado como digno de alabanza en toda exposición. Sea
            quien sea el que toma para sí el intento de aclarar el asunto oscuro e intrinca-
            do, debe reflejarlo adornado con la norma de los que son sapientísimos, con
            todo género de erudición y con abundancia de doctrina, si quiere, sobre todo,
            cumplir con su oficio: o, de otra manera, muestra que se comporta no como
            los intérpretes, sino como los simples escoliastas. Y por otra parte, quien con
            estudio cultiva cuidadosamente la ciencia del derecho, en la que es experto,
            desarrolla perfectamente la materia sobre la que SCEVOLA trata en nuestra
            ley, no de otro modo que como debe ser aclarada, con las intimidades extraí-
            das de los tesoros de la nobilísima facultad en pro de la dignidad del asunto
            y de la obligación impuesta; a no ser que se deba burlar de la curiosidad de
            tantos varones que estuvieron de acuerdo en juzgar sobre la excelencia de al-
            canzar el triunfo entre los contendores. Puede ser que si hubiera tomado el
            trillado método de releer y hubiera pasado al vuelo todos los textos de los
            artículos, habría rozado toda la materia de la ley: habría señalado las cosas
            que son opuestas por el asunto o por la especie; les habría hecho frente con
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            146. In leg. 46. D. Soluto Matrimonio.
            147. Lib. I. Investig. lur. Civ. cap. 3. Hasta aquí fueron citadas tal cual se han impreso todas
            las obras, autores, títulos, parágrafos, libros, lo demás que se ve abajo asimismo fue dicho con
            vivas palabras a la Relección.


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