Page 902 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
[Certificación de la sentencia contra Noguera. Julio 14, 1781].
Dió y pronunció la anterior sentencia el Muy Ilustre Señor Don José
Antonio de Areche, Caballero de la real distinguida Orden Española de Carlos
Tercero, del Consejo de Su Majestad en el Real y Supremo de Indias, Visitador
General de los tribunales de justicia y Real Hacienda de este reyno, el de Chile
y /. 10 Provincias del Río de la Plata, Superintendente de ella, Intendente de
Ejército, Subdelegado de la Real Renta de Tabacos y Comisionado con todas
las facultades del Excelentísimo Señor Virrey de este reyno, para entender en
todos los asuntos de la rebelión intentada y ejecutada por el vil traidor José
Gabriel Tupa Amaro. En la ciudad del Cuzco a catorce de julio de mil sete-
cientos ochenta y uno, siendo testigos Don Fernando Saavedra, Contador de
Visita, Don Juan de Oyarzábal y Don José Sáenz, de que certifico.
[Diligencias finales del proceso]
Manuel Espinavete López
(rubricado)
En el Cuzco a diez y seis del mismo mes y año. Yo el Escribano hice
saber la anterior sentencia y su pronunciamiento a Patricio Noguera, preso en
este cuartel, de que certifico.
Espina vete (rubricado)
En la ciudad del Cuzco en diez y seis de julio año de mil setecientos
ochenta y uno. Yo el Escribano leí y notifiqué el contenido de la sentencia de
la foja antecedente al Doctor Don Matías lsunza, Ahogado defensor del reo
sujeto a esta causa, en su persona de que doy fe.
Miguel de Acuña
Escribano de Su Majestad y Público
(rubricado)
En dicho día, mes y año. Yo el Escribano leí y notifiqué la dicha sen-
tencia al Doctor Don Rudecindo Tomás de Vera, como Abogado Solicitador
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