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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Gabriel Tupa Amaro. En la ciudad del Cuzco a catorce de julio de mil setecien-
tos ochentiuno, siendo testigos don Fernando Saavedra, contador de visita,
don Juan de Oyarzábal y don José Saenz de que certifico.
Manuel Espinavete López (rubricado)
[Diligencias posteriores a la sentencia].
En el Cuzco a dieciseis del citado mes y año, yo el escribano hice saber
la sentencia que precede y su pronunciamiento a Blas Quiñones en su persona
de que certifico.
Espinavete (rubricado).
En la ciudad del Cuzco en dieciseis de julio de mil setecientos ochen-
tiun años, yo el escribano leí y notifiqué el contenido de la sentencia de la foja
antecedente al doctor don Matías Ysunza, ahogado defensor del reo sujeto a
esta causa en su persona de que doy fe.
Miguel de Acuña
Escribano de Su Majestad y Público
(rubricado)
En dicho día, mes y año yo el escribano leí y notifique la dicha senten-
cia al doctor don Rudecindo Tomás de Vera, como a abogado solicitador fiscal
nombrado en esta causa en su persona estando en la casa de su morada y de
ello doy fe.
Miguel de Acuña
Escribano de Su Majestad y Público
(rubricado)
Lima y octubre 12 de 1781.
Sacándose testimonio de estos autos que quedará en esta Comisión de
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