Page 556 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
Gregorio Murillo
(firmado)
Cuzco, 30 de Junio de 1781
Traslado a Pedro Pablo, y Miguel Landa quienes en el acto de la notifi-
cación nombrarán abogado que los defienda con apercibimiento.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
Incontinenti se hizo saber el auto antecedente a Pedro Pablo y Miguel
Landa estando juntos quienes dijeron no conocían abogado alguno que su
señoría se los nombrase de oficio, de que certifico.
Espinavete
(media firma y rúbrica)
[Juan Munive es nombrado Defensor de los reos. Junio 30, 1781].
Cuzco, 30 de Jimio de 1781.
Al doctor don Juan Munive a quien se nombra por defensor de Pedro
Pablo, y Miguel Landa aceptando y jurando.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
En la ciudad del Cuzco en dos de Julio de mil setecientos ochenta y un
años, el doctor don Juan Munive aceptó y juró en forma de derecho el nom-
bramiento que antecede ante mí el escribano y lo firmó de que doy fé.
doctor Juan Munive y Mozo
(firmado)
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