Page 556 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
            Gregorio Murillo
                (firmado)


                    Cuzco, 30 de Junio de 1781
                    Traslado a Pedro Pablo, y Miguel Landa quienes en el acto de la notifi-
            cación nombrarán abogado que los defienda con apercibimiento.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                                   (firmado)


                    Incontinenti se hizo saber el auto antecedente a Pedro Pablo y Miguel
            Landa estando juntos quienes dijeron no conocían abogado alguno que su
            señoría se los nombrase de oficio, de que certifico.


                      Espinavete
            (media firma y rúbrica)


                    [Juan Munive es nombrado Defensor de los reos. Junio 30, 1781].


                    Cuzco, 30 de Jimio de 1781.
                    Al doctor don Juan Munive a quien se nombra por defensor de Pedro
            Pablo, y Miguel Landa aceptando y jurando.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)


                                                        Manuel Espinavete López
                                                                   (firmado)


                    En la ciudad del Cuzco en dos de Julio de mil setecientos ochenta y un
            años, el doctor don Juan Munive aceptó y juró en forma de derecho el nom-
            bramiento que antecede ante mí el escribano y lo firmó de que doy fé.

            doctor Juan Munive y Mozo
                       (firmado)





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