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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
sin embargo de la fuerza y coacción con que me tuvieron los enemigos, pude
segregarme y lograr el asilo de la real bandera. De dicho pueblo pasé al de Ca-
pacmarca por ver a mi mujer y familia, y el cura de esta doctrina me mandó
prender y despacharme a esta ciudad, pagando a cuatro mozos con el importe
de mi propia mula que vendió, informando a vuestra señoría muy ilustre y
exagerando delito que no había cometido de que resultó que por orden de
vuestra señoría muy ilustre me sacaron por las calles y me aplicaron muchos
y terribles azotes.
Cuando yo pensé que con esta pena se acabasen mis padecimientos,
he visto que siguen y no sé hasta cuando, de suerte que me hallo por una parte
desnudo y sin tener con qué cubrirme, y por otra sin encontrar quien me mi-
nistre el sustento forzoso. Y lo que más me atormenta el corazón es considerar
que todo esto padezco sólo por que alguna mala voluntad o encono logró la
oportunidad de suponerme delincuente, y no porque en realidad haya come-
tido delito que me haga digno de tanta pena.
Vivo persuadido que vuestra señoría muy ilustre ignora todo esto, y
que por eso no ha usado de piedad conmigo, en cuya atención ocurro a su no-
toria benignidad para que, en vista de lo que llevo expuesto, se sirva mandar
se me dé soltura de la penosa prisión en que me hallo, y cuando a esto lugar
no halla, se digne ordenar que se me sustancie la causa brevemente, pues de lo
contrario no soy capaz de sufrir estos graves padecimientos.
Por tanto:
A vuestra señoría muy ilustre pido y suplico así lo provea y mande en
justicia que con merced espero alcanzar de su clemencia, y para ello juro lo
necesario, etc.
Felipe Cárcamo
(firmado)
Cuzco y Junio 20 de 1781.
Por recibido el superior decreto del señor visitador, agréguese este es-
crito a sus respectivos autos.
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