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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
y se le hostilizaron, de suerte que se vió en presición de escribirles porque
cesasen sus persecuciones, digan.
Item, si lo que lleva hecho y declarado es público y notorio, pública
voz y fama y la verdad, digan. Por tanto:
A vuestra señoría pide y suplica se sirva mandar que los contenidos
juren y declaren al tenor de este pedimento, absolviendo o negando lo que en
él se refiere, y hecho que sea, agregarlo a los autos para que se tenga presente,
que justicia, etc.
Gregorio Murillo
(firmado)
Otrosí, dice: se ha de servir vuestra señoría mandar que los mismos
testigos de la sumaria se examinen al tenor de este interrogatorio con la pro-
lijidad que es debida y en especial a don Francisco Molina y don Francisco
Cisneros. Por tanto:
A vuestra señoría pide y suplica el defensor provea lo que tuviese por
conveniente, etc.
Murillo
(media firma y rúbrica)
(Al margen: Incontinenti se hizo saber el presente auto al solicitador fiscal).
(rúbrica de Manuel Espinavete López)
Cuzco, 9 de Mayo de 1781.
Como lo pide el defensor de Tomasa Tito Condemayta, y hecho, vuél-
vansele estos autos.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
[Declaración ofrecida por José Gabriel Túpac Amaru. Mayo 9, 1781].
Incontinenti hizo su señoría comparecer ante sí a José Gabriel Tupa
Amaro, de quien habiendo recibido juramento según derecho por Dios Nues-
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