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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
mino de cuatro días, y siendo éstos insuficientes para evacuar las diligencias
que en el día de hoy ha solicitado se practiquen. Por tanto:
A vuestra señoría pide y suplica se sirva prorrogar dicho término a
nueve días por ser de justicia, etc.
Doctor Juan Munive y Mozo
(firmado)
Cuzco y Junio 20 de 1781.
Prorrógase a cuatro días más el término de prueba.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
[Alegato que hace en su favor el encausado Mendigure, pidiendo la concu-
rrencia de testigos]
Pedro Mendigure, preso en este cuartel, en los autos criminales que de
oficio se siguen contra mí por complicidad en la rebelión suscitada por José
Gabriel Tupa Amaro, y lo demás deducido, digo: que esta causa se ha recibido
a prueba, y para la que debo dar, estando dentro de su término, se ha de servir
vuestra señoría mandar se me reciba información con los mismos testigos de
la sumaria que declaren al tenor del interrogatorio siguiente:
Primeramente digan si saben y les consta que el traidor Tupa Amaro,
desde que ahorcó al corregidor de la provincia de Tinta don Antonio Arria-
ga, tuvo a su disposición muchas armas y una gran multitud de indios que le
obedecían con increíble respeto y puntualidad, consiguiendo de este modo
hacerse temer cuanto allí estaban, mayormente habiendo obtenido el suceso
de que sus fuerzas se fueron aumentando cada día más y más hasta el extremo
de que para castigarlo y derrotarlo fue necesario que de esta ciudad saliese una
expedición aprestada de un formidable aparato de guerra y de un prodigioso
número de gentes.
2. Item, si saben y les consta que este rebelde, escoltado así de tan supe-
riores fuerzas, procuró ir convocando y apresando a todos los españoles que
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