Page 130 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
lo expresado me hallé presente. Y para que de ellos conste doy la presente en
esta ciudad del Cuzco, en diez y ocho días del mes de Mayo, año de mil sete-
cientos ochenta y uno.
Y en fé de ello lo firmo.
Miguel de Acuña
(firmado)
Escribano de Su Majestad y público
Antonio Bastidas
Don Manuel Espinavete López, escribano habilitado por el muy ilustre
señor visitador general para practicar las diligencias de la rebelión intentada
y ejecutada por el vil traidor José Gabriel Túpac Amaro y sus secuaces, certi-
fico que en la causa seguida de oficio contra Antonio Bastidas se ha dado por
dicho muy ilustre señor la sentencia que con su pronunciamiento es del tenor
siguiente:
En la causa criminal que ante mí pende y se ha seguido de oficio de la
real justicia contra Antonio Bastidas, hermano de Micaela Bastidas, mujer del
vil traidor José Gabriel Túpac Amaro por cómplice en la rebelión con éste au-
xiliándole y haciendo de capitán y comandante de sus perversas tropas, siendo
causa de muchas muertes, robos y otros agravios, haciendo frente en varias
ocasiones a las armas de nuestro augusto soberano, fomentando y cooperan-
do a las inícuas intenciones de dicho Túpac Amaro con cuantos esfuerzos ha
sido capaz, dirigiendo su odio contra los prisioneros y concurriendo a la pri-
sión del corregidor don Antonio Arriaga; observados los términos de la ley en
que ha hecho de acusador fiscal el doctor don Pablo Figueroa, abogado de la
real audiencia de Lima, y defensor el doctor don Gregorio Murillo, también
abogado de la misma audiencia; vistos los autos y lo que de ellos resulta: fallo
atento a su mérito que la parte del acusador fiscal ha probado plenamente el
crimen de que le acusa a dicho Antonio Bastidas, dóyle por probado; y al con-
trario, la parte de dicho reo no ha probado sus excepciones, doylas por no pro-
badas, y en su consecuencia le debo condenar y condeno en pena de muerte,
y la justicia que se le manda hacer es que sea sacado de este cuartel donde está
preso arrastrado con una soga de esparto al pescuezo, atados pies y manos, y
con voz de pregonero que manifieste su delito, y sea así llevado hasta el lugar
del suplicio donde está la horca, y sea colgado por el pescuezo y ahorcado has-
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