Page 762 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
P. 762
Volumen 6
Causas criminales seguidas contra los rebeldes
El Solicitador Fiscal de por decreto del seis del corriente se ha servido
Vuestra Señoría mandar se reciba la presente causa a prueba con el término
de seis días con todos cargos, de publicación, conclusión y citación, para oir
sentencia, para convencimiento de la intención del Fiscal no tiene que dar
otra, que reproducir la confesión del reo y que los testigos de la sumaria se
ratifiquen en lo que tienen declarado, con lo que quedará suficientemente jus-
tificada la acción promovida por el Fiscal, para que Vuestra Señoría se sirva
determinar definitivamente, según y como tiene pedido o resolver lo que fuere
de su agrado. Cuzco y junio 26 de 1781.
Figueroa (rubricado)
Cuzco, 26 de junio de 1781 .
Como se pide por el Solicitador Fiscal y fecho traslado al Defensor de
Francisco y Lucas Herrera.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Comparecencia de los testigos y ratificación de sus declaraciones].
/.7v Inmediatamente hizo comparecer su Señoría ante sí a Manuel
Ferrer, Rafael Guerra, Antonio Valdez y Don Francisco Cisneros. Y habiendo
recibido juramento a todos cuatro. según derecho y a los tres primeros por
medio de Don Josef Brito, intérprete, y bajo de él prometido decir verdad,
siéndoles leídas las declaraciones que tienen hechas en estos autos, habiéndo-
las entendido dijeron se afirmaban y ratificaban en ellas, por ser la verdad y
no tener que añadir ni quitar cosa alguna y lo firmaron con su Señoría y dicho
intérprete los que supieron, de que certifico.
Una rúbrica
Josef de Brito
(rubricado)
Francisco de Cisneros
(rubricado)
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Interrogatorio que presenta el Defensor para que absuelvan los testigos. Junio
761