Page 671 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Cuzco 15 de junio de 1781 .
Al Doctor Don José de Saldívar y Saavedra, Abogado de la Real Au-
diencia de Lima, a quien se nombra por Solicitador Fiscal en esta causa, para
que aceptando y jurando, pida en vista de ella lo que a la vindicta póblica con-
venga.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Aceptación del cargo de Fiscal. Junio 15, 1781].
En la ciudad del Cuzco en quince de junio de mil setecientos ochenta y
un años. Yo el Escribano leí e hice saber el contenido del Decreto antecedente
al Doctor Don José Saldívar, Abogado de la Real Audiencia de Lima, en su
persona estando en la casa donde vive e impuesto en su contexto, dijo, que
acepta el cargo y juró a Dios y a una señal de cruz, de usar bien y fialmente y si
asi lo hiciere él le ayude y al contrario le demande y a la /.17 firma que doy fé.
José de Saldívar y Saavedra
(rubricado)
Tomás de Gamarra
Escribano Público
(rubricado)
[Acusación que hace el Fiscal contra los encausados. Junio 20, 1781].
Don José de Saldívar y Saavedra, Abogado de la Real Audiencia de
Lima, Solicitador Fiscal nombrado en la causa que de oficio crimiualmente se
sigue contra Francisco de Molina y Francisco de Cisneros, por complicidad en
la rebelión perpetrada por el inicuo traidor José Gabriel Tupa Amaro. Como
mejor proceda en derecho, parezco ante Vuestra Señoría y digo: que les pongo
acusación en forma a dichos Francisco de Molina y Francisco de Cisneros, de
el excecrable crimen de lesa majestad, en que han incurrido, para que como
a tales se les impongan las penas establecidas por Derecho Real, en las Leyes
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