Page 48 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
                                                         Causas criminales seguidas contra los rebeldes
                    Fecho todo en 10 de noviembre de 84.
                    /.  10v  Lima, 20 de diciembre de 85 y 5 de febrero de 86.
                                                                   Números 591 y 336.
                    El Superintendente Escobedo y Virrey Croix.
                    En consecuencia de las órdenes expedidas con arreglo a lo que la Junta
            propuso y a las prevenciones y advertencias que se hallan al margen y fin del
            anterior extracto, dice Escobedo que la cita que resultó contra Lucas Aparicio,
            quedó absuelta por el mismo Escobedo antes de salir de Potosí, en virtud de la
            comisión que para ello le dió el Visitador Areche, pues habiéndole puesto pre-
            so y formándole causa nada resultó que comprobase su /.   delito, antes bien
                                                                    11
            quedó desmentida la sospecha, porque habiendo asegurado el traidor José Ga-
            briel, que el citado Aparició fue su confidente después del alzamiento hizo ver
            el reo que desde mucho tiempo antes de que comenzase la sublevación había
            permanecido en Potosí con su mujer y que en vista de estas pruebas le había
            puesto en libertad Escobedo .
                    El Virrey acompaña un informe de su Secretario de Cámara, relativo a
            este mismo /.   asunto. Por el consta que sosegada la sublevación dió comisión
                         llv
            el Virrey Don Agustín de Jáuregui a los tres oidores de aquella Real Audiencia,
            Don Manuel de Mansilla, Marqués de Corpa y Don Manuel Arredondo, para que
            practicasen las diligencias que les inspirase su celo, a fin de descubrir si en aquella
            Capital de Lima, tenía el rebelde algunos confidentes o correspondientes, y de sus
            indagaciones resultó la prisión de Mariano Isidro Barrera y Miguel Montiel.

            (Al margen: Nota. Ha venido la causa seguida contra el primero de éstos y de sus
            resultas se halla condenado a 8 años de presidio en Africa, a ración y sin sueldo).


                    Cometida la sustanciación de la causa a el Oidor Arredondo, no en-
            contró cosa que indicase /.   sospecha contra éstos sujetos y el Virrey conven-
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            cido de la inocencia con que supieron fingir que padecían, mandó ponerlos en
            libertad, haciéndoles varias amonestaciones y también a un Alejo Noguera.
                    Libres de la prisión, resultó después que el Visitador Areche, remitió
            desde el Cuzco dos cartas de éstos sujetos, halladas al rebelde y testimonio de
            varias cláusulas de lo que contra Barrera y Montiel había declarado, que son
            justamente las mismas de que se hace mención en el / .  apunte de la Junta,
                                                                 12v
            indicando también a un clérigo de Lima, llamado Centeno, de quien igual-
            mente se habla en dicho apunte.



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